# Ley 3/2026, de 29 de julio, de modificación de normas sobre el programa de cribado neonatal del Sistema Nacional de Salud y de otra normativa.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-31
- **Organismo:** Jefatura Del Estado. . I. Disposiciones generales. Sistema Nacional de Salud.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16654
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-31/ley-32026-29-julio-modificacion-normas-programa-cribado-neonatal-sistema-nacional-salud-otra-normativa-nJP9mK
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/31/pdfs/BOE-A-2026-16654.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 186 Viernes 31 de julio de 2026 Sec. I. Pág. 107627 I. DISPOSICIONES GENERALES JEFATURA DEL ESTADO 16654 Ley 3/2026, de 29 de julio, de modificación de normas sobre el programa de cribado neonatal del Sistema Nacional de Salud y de otra normativa. FELIPE VI REY DE ESPAÑA A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley: PREÁMBULO La Unión Europea define las enfermedades raras como aquellas cuya prevalencia es inferior a 5 casos por cada 10.000 habitantes. A pesar de su baja incidencia, se han identificado más de 7.000 de estas patologías, la mayoría de ellas graves, crónicas y progresivas. Por ello, constituyen una prioridad en materia de salud pública. Asimismo, dado que se estima que cerca del 70 % de estas patologías se manifiestan en los primeros años de vida, la detección y la confirmación diagnóstica constituyen un elemento clave para activar un proceso asistencial que incluya acceso a tratamientos disponibles, tratamiento, cuidados sociosanitarios y la información a las familias. La 78.ª Asamblea Mundial de la Salud adoptó, el 25 de mayo de 2025, la resolución «Enfermedades raras: una prioridad sanitaria mundial para la equidad y la inclusión», en la que insta a los Estados Miembros, dentro de las prioridades y políticas estatales, a incorporar las enfermedades raras en la planificación sanitaria del Estado, incluyendo el desarrollo de medidas preventivas, de un enfoque integrado y garantizando un acceso equitativo a un diagnóstico oportuno, rentable y asequible, en particular, para los recién nacidos a través de programas de cribado universal. En el Estado español, la Estrategia en Enfermedades Raras del Sistema Nacional de Salud (SNS) tiene, entre sus líneas estratégicas, la detección precoz, y en sus objetivos, mejorar los programas de cribado neonatal en el SNS. El programa de cribado neonatal de enfermedades congénitas en muestra de sangre seca, conocido como «prueba del talón», forma parte de las actividades asistenciales preventivas clave del SNS. Asimismo, es la principal prueba diagnóstica empleada, de acuerdo con criterios de universalidad, para la detección temprana de las enfermedades raras. Su objetivo es detectar, diagnosticar y tratar de manera precoz a los recién nacidos que puedan tener estas patologías y tratarlos de manera precoz, antes de que aparezcan síntomas clínicos, evitando la mortalidad prematura infantil y previendo discapacidades. El origen de este programa se remonta al año 1968 en nuestro país. Pero no fue hasta los años 80, con los procesos de descentralización sanitaria, cuando se extendieron y se establecieron las bases para convertirlos en una actividad estructurada, multidisciplinar y coordinada dentro del SNS. Su desarrollo no se produjo de manera homogénea entre las diferentes comunidades autónomas, por lo que en el año 2013 el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) aprobó un listado de siete enfermedades que debían incluirse en todos los paneles de detección de los programas territoriales. cve: BOE-A-2026-16654 Verificable en https://www.boe.es I

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/31/pdfs/BOE-A-2026-16654.pdf
