# Ley 4/2026, de 13 de julio, por la que se modifica la Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-31
- **Organismo:** Comunidad Autónoma de Galicia. . I. Disposiciones generales. Empleo público.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16666
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-31/ley-42026-13-julio-que-modifica-ley-22022-6-octubre-medidas-extraordinarias-dirigidas-impulsar-provision-puestos-dificil-Gamk2W
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/31/pdfs/BOE-A-2026-16666.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 186 Viernes 31 de julio de 2026 Sec. I. Pág. 107737 I. DISPOSICIONES GENERALES COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA Ley 4/2026, de 13 de julio, por la que se modifica la Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud. La Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud, estableció con carácter extraordinario y temporal un régimen de provisión de puestos de difícil cobertura de personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud en Galicia, con la finalidad de garantizar la adecuada atención sanitaria de toda la población gallega. Dichas medidas permiten, con fundamento en el artículo 31 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, la selección de personal fijo mediante concurso de méritos en determinadas categorías y puestos de difícil cobertura que presentan peculiaridades en sus cometidos. De tal forma se garantiza la incorporación urgente y permanente de personal sanitario a aquellos destinos que, por sus particularidades organizativas, asistenciales o geográficas, han demostrado ser menos atractivos y, en consecuencia, difíciles de cubrir mediante los sistemas ordinarios de selección. Se trata de medidas excepcionales que son proporcionadas y justificadas en aras del principio constitucional de eficacia y respetan, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público. La Ley 2/2022 circunscribió su ámbito de aplicación a determinados colectivos cuyos puestos presentaban graves dificultades de cobertura, como el personal facultativo especialista de hospitales comarcales o personal pediatra de Atención Primaria. La experiencia de aplicación de la ley ha confirmado la heterogeneidad en el atractivo de las plazas entre grandes ciudades y zonas menos pobladas, subrayando la necesidad de incentivos potentes que mejoraran su provisión. Las medidas previstas –en particular, ofertar plazas fijas por concurso de méritos– se han revelado adecuadas y proporcionadas, aportando agilidad a la actuación administrativa y reforzando la estabilidad del personal sanitario afectado, sin merma alguna de las garantías de objetividad y publicidad inherentes a los procesos selectivos. Por otra parte, ha de recordarse que la Ley 2/2022 se concibió con una vigencia temporal limitada (tres años desde su entrada en vigor) y un carácter extraordinario. Vencido su periodo inicial, la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de Galicia, reactivó y prorrogó el régimen extraordinario de la Ley 2/2022 por un nuevo plazo de tres años, dada la persistencia de las necesidades que motivaron aquella iniciativa, además de introducir ciertas modificaciones puntuales en la Ley 2/2022. En concreto, el artículo 69 de la Ley 5/2025 dispuso que la Ley 2/2022 sería de aplicación durante otro periodo trienal, desde la entrada en vigor de dicha ley, garantizando así la continuidad de sus efectos. En los últimos tiempos se ha constatado la aparición de otro ámbito asistencial crítico no contemplado inicialmente. En concreto, está evidenciándose una dificultad preocupante para cubrir debidamente la plantilla de la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias en el Complejo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO). En efecto, el Servicio de Urgencias del Complejo Hospitalario Universitario de Ourense atraviesa actualmente graves dificultades de cobertura en su plantilla facultativa, debido a la indisponibilidad de profesionales, lo que obliga a adoptar medidas de apoyo temporal desde otras áreas sanitarias y a un esfuerzo extraordinario del personal cve: BOE-A-2026-16666 Verificable en https://www.boe.es 16666

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/31/pdfs/BOE-A-2026-16666.pdf
