# Real Decreto 639/2026, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para apoyar la financiación del Plan de impulso al sector primario canario.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-31
- **Organismo:** Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . I. Disposiciones generales. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16660
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-31/real-decreto-6392026-29-julio-que-regula-concesion-directa-subvencion-comunidad-autonoma-canarias-apoyar-financiacion-plan-5RPgO8
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/31/pdfs/BOE-A-2026-16660.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 186 Viernes 31 de julio de 2026 Sec. I. Pág. 107667 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN Real Decreto 639/2026, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para apoyar la financiación del Plan de impulso al sector primario canario. El sector primario de Canarias presenta unas características específicas derivadas de factores territoriales y socioeconómicos que condicionan de manera determinante su capacidad productiva y su sostenibilidad. La combinación de insularidad, fragmentación territorial, dependencia del transporte marítimo y aéreo, limitaciones orográficas y elevada exposición a riesgos climáticos genera un entorno en el que los costes de producción, la vulnerabilidad frente a perturbaciones externas y la dificultad para mantener la competitividad son significativamente superiores a los del territorio peninsular. En los últimos ejercicios, esta situación se ha visto agravada por diversos factores coyunturales: el incremento sostenido de los precios de insumos esenciales (piensos, fertilizantes, energía), especialmente encarecidos en las islas por su insularidad, la presión sobre los recursos hídricos, en una región especialmente árida, la recurrencia de episodios meteorológicos adversos, así como la aparición de plagas vegetales y enfermedades animales que afectan tanto a la agricultura como a la ganadería. Todo ello ha generado tensiones adicionales sobre la viabilidad económica de explotaciones agrícolas, ganaderas y pesqueras que ya operan en condiciones de elevada fragilidad estructural, que se ve incrementada en el archipiélago. A estas circunstancias se suma que la singularidad del archipiélago exige instrumentos de política agraria y pesquera adaptados a su realidad, capaces de garantizar la continuidad de la actividad productiva, la seguridad alimentaria, la preservación del paisaje agrario y la fijación de población en zonas rurales y costeras de las islas. Por todo ello, y con el fin de atender a estas necesidades, se considera de interés general la dotación de recursos adicionales destinados a la modernización del sector primario, de tal forma que permitan atender adecuadamente carencias, garantizando la continuidad de las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras, reforzando la capacidad de adaptación frente a riesgos climáticos y sanitarios, y asegurando el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Departamento en materia de producciones y mercados agrarios y pesqueros y de seguridad alimentaria. En aplicación del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se acude a la modalidad de concesión directa de la subvención en atención a razones de interés público, social, económico o humanitario para dotar a la Comunidad Autónoma de Canarias de los recursos necesarios para facilitar la recuperación y reactivación de los sectores agrario y pesquero, con la prioridad de impulsar la renovación o modernización de equipamientos o infraestructuras vinculadas directamente a la actividad agraria y pesquera con impacto directo en la productividad y la sostenibilidad de explotaciones y empresas. Se considera acreditada la existencia de razones de interés público, social y económico que, con carácter excepcional y ante la imposibilidad de una convocatoria pública por existir una única Administración regional en dicho archipiélago, competente para llevar a término las políticas agroalimentarias y pesqueras recogidas en este real decreto, determinan la necesidad del otorgamiento de una subvención en régimen de concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias para subvencionar dicho plan de impulso, de acuerdo con lo previsto en los artículos 22.2 c) y 28.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La importancia del sector primario español, en general, y canario en particular, está plenamente acreditada, tanto en términos económicos como sociales, puesto que cve: BOE-A-2026-16660 Verificable en https://www.boe.es 16660

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/31/pdfs/BOE-A-2026-16660.pdf
