# Resolución 307/38331/2026, de 25 de junio, del Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, por la que se constituye la Mesa de Contratación Permanente.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-01
- **Organismo:** Ministerio de Defensa. . III. Otras disposiciones. Contratación administrativa.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16812
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-01/resolucion-307383312026-25-junio-centro-sistemas-tecnologias-informacion-comunicaciones-que-constituye-mesa-contratacion-permanente-5QPqEP
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/01/pdfs/BOE-A-2026-16812.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 187 Sábado 1 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 108283 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE DEFENSA Resolución 307/38331/2026, de 25 de junio, del Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, por la que se constituye la Mesa de Contratación Permanente. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en su artículo 326 y el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en su artículo 21 y siguientes, regulan el régimen de funcionamiento y composición de las mesas de contratación. El artículo 326 de la Ley 9/2017 en su apartado 4, dispone que los miembros de la Mesa serán nombrados por el órgano de contratación. De otra parte, en el apartado 4 del artículo 21 del Real Decreto 817/2009 se establece que, en caso que la designación de los miembros sea de una mesa de contratación con carácter permanente, su composición deberá publicarse, además de en el perfil del contratante, en «Boletín Oficial del Estado». En el artículo 2.1.a) del Real Decreto 1011/2013, de 20 de diciembre, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa, se desconcentran en el Director General de Asuntos Económicos las competencias correspondientes al Ministro y al Secretario de Estado de Defensa, respecto a los contratos, acuerdos técnicos y demás negocios jurídicos onerosos referidos en el artículo 1 del citado real decreto. Asimismo, mediante el artículo 4.1 de la Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero, por la que se delegan facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa, el Director General de Asuntos Económicos delega las facultades que le han sido desconcentradas en el mencionado artículo 2.1.a) del Real Decreto 1011/2013. De esta manera, atendiendo a lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 4 de la orden ministerial, el Subdirector General de Contratación de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC) de la Dirección General Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (CESTIC) se conforma como autoridad delegada, asumiendo las funciones de órgano de contratación con respecto a los créditos asignados a la Dirección General CESTIC, en su ámbito de competencia y sin límite de cuantía. La Subdirección General de Contratación Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC) ha sido creada mediante el Real Decreto 150/2026, de 25 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, atribuyéndole la función de «Dirigir y hacer seguimiento de los Programas TIC del Ministerio de Defensa, planificar y programar adquisiciones CIS/TIC y actuar como gestor económico-administrativo y la gestión de incidencias y reclamaciones en su ámbito de competencias». En virtud de lo expuesto y en ejercicio de las facultades delegadas que me concede la referida Orden DEF/244/2014, resuelvo: Primero. Mesa de Contratación Permanente. Se constituye la Mesa de Contratación de la Subdirección General de Contratación de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC) de la Dirección General CESTIC del Ministerio de Defensa, con carácter permanente, con las funciones que le cve: BOE-A-2026-16812 Verificable en https://www.boe.es 16812

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/01/pdfs/BOE-A-2026-16812.pdf
