# Resolución de 22 de julio de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los criterios para la liquidación por el operador del sistema de los días 28 y 29 de abril de 2025.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-03
- **Organismo:** Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. . III. Otras disposiciones. Sector eléctrico.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16925
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-03/resolucion-22-julio-2026-comision-nacional-mercados-competencia-que-establecen-criterios-liquidacion-operador-56bLbp
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/03/pdfs/BOE-A-2026-16925.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 188 Lunes 3 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 108906 III. OTRAS DISPOSICIONES COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA 16925 Resolución de 22 de julio de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los criterios para la liquidación por el operador del sistema de los días 28 y 29 de abril de 2025. De acuerdo con la función establecida en el artículo 7.1.c de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC, la Sala de la Supervisión Regulatoria, en su sesión de 16 de julio de 2026, resuelve: Antecedentes de hecho Como consecuencia del cero eléctrico ocurrido en el Sistema Eléctrico Peninsular Español el día 28 de abril a las 12:33 h, los operadores del sistema y del mercado eléctrico español suspendieron las actividades de mercado, en aplicación del artículo 35 del Reglamento (UE) 2017/2196 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2017, por el que se establece un código de red relativo a emergencia y reposición del servicio, y el Procedimiento de Operación del Sistema Eléctrico 3.9 (PO 3.9) «Suspensión y restablecimiento de las actividades de mercado». Adicionalmente, el operador del sistema activó el plan de reposición del sistema previsto en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2017/2196 y en el artículo 30 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Por consiguiente, el operador del sistema estableció la programación de la generación necesaria durante el proceso de reposición, de conformidad con los artículos 25.3 y artículo 35.3 del Reglamento (UE) 2017/2196 y el P.O.1.6 sobre «establecimiento de los planes de seguridad para la operación del sistema» hasta las 23:59 h del día 29 de abril, ya que para el día 30 fueron restablecidas la totalidad de las actividades de mercado. En el procedimiento de operación P.O.3.9 «Suspensión y restablecimiento de las actividades de mercado» se regulan las situaciones que pueden desencadenar en una suspensión de mercados, su comunicación a los sujetos del mercado y las normas para la liquidación. En particular, en el apartado 5 se establecen las normas de liquidación de desvíos y liquidación de energías en caso de suspensión de las actividades de mercado. En el apartado 5.1 se establece que los precios de liquidación de las entregas y de las tomas de energía para cada periodo de programación serán los precios del mercado diario de ese día multiplicados por un factor de 1,15. En caso de que no exista tampoco precio del mercado diario, o éste fuese negativo, se aplicará el valor medio aritmético de los precios positivos del mercado diario establecidos en el mismo periodo de programación del último mes anterior disponible multiplicados por un factor de 1,15. Finalmente, en el apartado 6 se regula la posibilidad de que el operador del sistema liquide a precios distintos de los calculados en el apartado 5 cuando así se lo requiera la CNMC. Segundo. Mediante escrito de fecha 7 de mayo de 2025 el operador del mercado (OMIE) solicitó instrucciones a la CNMC sobre cómo proceder en relación con las liquidaciones de los mercados que gestiona en los días 28 y 29 de abril. Por otra parte, mediante cve: BOE-A-2026-16925 Verificable en https://www.boe.es Primero.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/03/pdfs/BOE-A-2026-16925.pdf
