# Resolución de 30 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del XXIII Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-10
- **Organismo:** Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-17491
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-10/resolucion-30-julio-2026-direccion-general-trabajo-que-registra-publica-acuerdo-modificacion-xxiii-convenio-colectivo-ambito-nvqxg1
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/10/pdfs/BOE-A-2026-17491.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 195 Lunes 10 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 112744 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 17491 Resolución de 30 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del XXIII Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales. Visto el Acuerdo de modificación del XXIII Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales (código de convenio n.º: 99002045011981), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 2 de mayo de 2026, mediante el que se acuerda la modificación de los artículos 33.2 y 38 del convenio colectivo, y que ha sido suscrito el día 1 de julio de 2026, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra, por las organizaciones sindicales FICA-UGT y CC. OO. Industria, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación del convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 30 de julio de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XXIII CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, INDUSTRIAS DEL VIDRIO, INDUSTRIAS CERÁMICAS Y DEL COMERCIO EXCLUSIVISTA DE LOS MISMOS MATERIALES DE 1 DE JULIO DE 2026 Representación empresarial Representación sindical Patricia Navarro Jiménez. UGT-FICA. Alba Paz López. Natividad Morilla García. Salvador Sánchez Pérez. Francisco Ballester Pérez. Pere Anrubia Gandía. CCOO Industria. cve: BOE-A-2026-17491 Verificable en https://www.boe.es Asistentes

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/10/pdfs/BOE-A-2026-17491.pdf
