# Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil VII de Madrid, por la que se suspende la inscripción de un acuerdo de reducción de capital social.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-11
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-17559
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-11/resolucion-19-mayo-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-nota-calificacion-extendida-registrador-N0Yo26
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/11/pdfs/BOE-A-2026-17559.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 196 Martes 11 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 112983 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 17559 Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil VII de Madrid, por la que se suspende la inscripción de un acuerdo de reducción de capital social. En el recurso interpuesto por don J. L. R. V., en nombre y representación de la sociedad «Stilo A Scala, SL», contra la nota de calificación extendida por el registrador Mercantil VII de Madrid, don Antonio Pillado Varela, por la que se suspende la inscripción del acuerdo de reducción de capital social. Hechos I Por el notario de Madrid, don Ángel Almoguera Gómez, se autorizó, el día 5 de diciembre de 2025, con el número 6.312 de protocolo, una escritura por la que don J. L. R. V., en nombre y representación de la sociedad «Stilo A Scala, S.L.», elevaba a público el acuerdo adoptado por unanimidad la junta general universal de la sociedad de reducción de capital con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad. La reducción ascendía a la cantidad de 297.779,95 euros y se llevaba a cabo mediante la disminución del valor nominal de todas las participaciones, quedando el capital establecido en la cantidad de 40.222 euros. Resultaba que el acuerdo, adoptado en la reunión de 31 de diciembre de 2023, se adoptó en base al balance de la misma fecha aprobado en la misma junta. Constaba, igualmente: «Que se ha prescindido del informe de auditoría al haber sido el acuerdo adoptado por la unanimidad de los socios, habiendo renunciado todos ellos al citado informe como medida tuitiva (DGRN de 2 de marzo de 2011 y 27 de febrero de 2019), por entenderlo innecesaria. Asimismo, al tratarse de una sociedad limitada, no obligada, en lo que no existirán motivos para ejercer derecho de oposición por parte de los acreedores ante una reducción de capital». II Presentada la referida escritura en el Registro Mercantil de Madrid, fue objeto de la siguiente nota de calificación: Hechos: Diario/Asiento: 2025/129770. F. presentación: 22/12/2025. Entrada: 1/2025/214846,0. Sociedad: Stilo A Scala SL. Hoja M-374429. Autorizante: Almoguera Gómez Ángel. Protocolo 2025/6312 de 05/12/2025. cve: BOE-A-2026-17559 Verificable en https://www.boe.es «Antonio Pillado Varela, Registrador Mercantil de Madrid, previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, certifica que he resuelto no practicar la inscripción solicitada conforme a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/11/pdfs/BOE-A-2026-17559.pdf
