# Resolución de 28 de julio de 2026, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Barcelona, para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-11
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-17549
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-11/resolucion-28-julio-2026-abogacia-general-estado-que-publica-convenio-universidad-autonoma-barcelona-desarrollo-GDaKyo
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/11/pdfs/BOE-A-2026-17549.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 196 Martes 11 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 112893 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 17549 Resolución de 28 de julio de 2026, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Barcelona, para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas. Con fecha 16 de julio de 2026, se ha suscrito Convenio entre la Abogacía General del Estado y la Universidad Autónoma de Barcelona para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas de sus estudiantes. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución. Madrid, 28 de julio de 2026.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas Álvarez. ANEXO Convenio entre la Abogacía General del Estado y la Universidad Autónoma de Barcelona para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas de sus estudiantes REUNIDOS Ambas partes, que actúan por razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto, EXPONEN Primero. Que la Abogacía General del Estado adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes con nivel orgánico de subsecretaría, es el órgano directivo cve: BOE-A-2026-17549 Verificable en https://www.boe.es De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. Y, de otra parte, el señor Francisco Javier Lafuente, Rector de la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB), según nombramiento por Decreto 453/2024, de 19 de noviembre, publicado en el DOGC núm. 9294, de 20 de noviembre de 2024, y en virtud de las facultades que le otorgan el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y el artículo 61.m) de los Estatutos de la UAB, aprobados por Acuerdo GOV/62/2025, de 11 de marzo de 2025, publicados en el DOGC núm. 9370, de 13 de marzo de 2025, actuando en representación legal de esta universidad, con número de identificación fiscal Q-0818002-H, y con sede social en el Campus Universitario, s/n, 08193 Bellaterra (Cerdanyola del Vallès).

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/11/pdfs/BOE-A-2026-17549.pdf
