# Resolución de 20 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Carina Solar 10, de 49,4 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-13
- **Organismo:** Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-17719
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-13/resolucion-20-julio-2026-direccion-general-politica-energetica-minas-que-desestima-solicitud-solaria-promocion-desarrollo-fotovoltaico-slu-nzLmm1
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/13/pdfs/BOE-A-2026-17719.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 198 Jueves 13 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 114183 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 17719 Resolución de 20 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Carina Solar 10, de 49,4 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid. De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General de Política Energética y Minas, sobre la base de los siguientes: I. Primero. Hechos Solicitud de autorización administrativa previa. Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico SLU (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 30 de enero de 2020, modificada con fechas 27 y 29 de junio de 2022, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Carina Solar 10, de 49,4 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, consistente en las líneas a 30 kV internas de la planta, la subestación eléctrica SE Pantoja 30/220 kV, la línea eléctrica de evacuación de 220 kV entre SE Pantoja y SE Los Hijares, la subestación eléctrica SE Los Hijares 30/220 kV y la línea eléctrica de evacuación de 220 kV entre la SE Los Hijares 30/200 kV y la subestación eléctrica SE Lucero 220 kV (REE), en los términos municipales de Pantoja, Yuncler, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas, Ugena, Carranque, El Viso de San Juan y Casarrubios del Monte, en la provincia de Toledo, y El Álamo, Navalcarnero, Villaviciosa de Odón y Móstoles, en la provincia de Madrid (en adelante, también, el proyecto). Asimismo, la Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 15 de enero de 2021, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización administrativa previa de las instalaciones fotovoltaicas Carina Solar 8, Carina Solar 9 (SGIISE/PFot-494) y Carina Solar 10 (SGIISE/PFot-495), de 49,4 MW de potencia instalada cada una, y de sus infraestructuras de evacuación, con número de expediente asociado PFot-495 AC. Esta Dirección General da traslado del expediente a las Áreas de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid y de la subdelegación del Gobierno en Toledo, como órganos competentes para la tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización administrativa previa, acompañada del anteproyecto y estudio de impacto ambiental se somete a información pública con la debida publicación en el «Boletín Oficial del Estado» cve: BOE-A-2026-17719 Verificable en https://www.boe.es Segundo. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/13/pdfs/BOE-A-2026-17719.pdf
