# Resolución de 22 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado e Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-13
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-17668
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-13/resolucion-22-julio-2026-subsecretaria-que-publica-convenio-asistencia-juridica-abogacia-general-estado-e-izar-construcciones-navales-nEaOJ6
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/13/pdfs/BOE-A-2026-17668.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 198 Jueves 13 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 113656 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 17668 Resolución de 22 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado e Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación. El Abogado General del Estado y el Presidente de la Comisión Liquidadora de Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación, han suscrito, con fecha de 7 de julio de 2026, un convenio de asistencia jurídica. Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución. Madrid, 22 de julio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez. ANEJO Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) e Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación REUNIDOS MANIFIESTAN Primero. Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un convenio. cve: BOE-A-2026-17668 Verificable en https://www.boe.es De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE número 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. De otra parte, don Mariano Maximiliano Herranz Vega, actuando en nombre y representación de Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., en liquidación, con domicilio social en Avda. de Burgos, n.º 8 b, 10.ª Planta, Edificio Genesis, 28036 Madrid, y NIF A28043545, en su condición de representante persona física de Cofivacasa, SA S.M.E., en el cargo de Presidente de la Comisión Liquidadora de Izar Construcciones Navales, SA, S.M.E., según escritura otorgada ante el Notario de Madrid don Jorge Sáez Santurtún Prieto, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid el día 29 de julio de 2022, al Tomo 33783, Folio 137, Sección 8, Hoja M-27438, Inscripción 660.

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/13/pdfs/BOE-A-2026-17668.pdf
