# Resolución de 22 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado y el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-13
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-17672
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-13/resolucion-22-julio-2026-subsecretaria-que-publica-convenio-asistencia-juridica-administracion-general-estado-fondo-nYPZoq
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/13/pdfs/BOE-A-2026-17672.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 198 Jueves 13 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 113676 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 17672 Resolución de 22 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado y el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria. El Abogado General del Estado y el Presidente del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria han suscrito, con fecha de 2 de julio de 2026, un convenio de asistencia jurídica. Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución. Madrid, 22 de julio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez. ANEJO Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) y el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria REUNIDOS De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. De otra parte, don Álvaro López Barceló, actuando en nombre y representación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, con domicilio social en avenida General Perón, 38, plantas 16-17, 28020 Madrid, y NIF V85737112 en su condición de Presidente, según el Real Decreto 181/2024, de 13 de febrero, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 14 de febrero de 2024. MANIFIESTAN Que la Abogacía General del Estado es el centro directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus organismos autónomos y a los órganos constitucionales. Para el resto de entidades y organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un convenio. cve: BOE-A-2026-17672 Verificable en https://www.boe.es Primero.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/13/pdfs/BOE-A-2026-17672.pdf
