# Extracto de la Resolución de 14 de agosto de 2026, de la Dirección General de Gestión Migratoria, por la que se convocan subvenciones públicas para la ordenación de los flujos migratorios laborales de trabajadores/as migrantes en el ámbito de la gestión colectiva de la contratación en origen.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-20
- **Organismo:** Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Préstamos hipotecarios. Índices.
- **Identificador oficial:** BOE-B-2026-27449
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-20/extracto-resolucion-14-agosto-2026-direccion-general-gestion-migratoria-que-convocan-subvenciones-publicas-ordenacion-flujos-5j9dxg
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/20/pdfs/BOE-B-2026-27449.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 204 Jueves 20 de agosto de 2026 Sec. V-B. Pág. 44460 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES 27449 Extracto de la Resolución de 14 de agosto de 2026, de la Dirección General de Gestión Migratoria, por la que se convocan subvenciones públicas para la orde nación de los flujos migratorios laborale s de trabajadores/as migrantes en el ámbito de la gestión colectiva de la contratación en origen. BDNS(Identif.):925527 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/ 925527) Primero. Beneficiarios: Las organizaciones empresariales y sindicales, las cooperativas y las entidades sin ánimo de lucro que no se encuentren incursas en alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que cumplan los requisitos señalados en el artículo 4 de la Orden ISM/676/2022, de 15 de julio. Segundo. Finalidad: La finalidad es la ejecución de las siguientes actuaciones: a) Participación en los procesos de selección de los trabajadores extranjeros no residentes en España a través de las comisiones de selección previstas en la orden anual que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen. b) Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras en el marco del programa de gestión de la contratación colectiva en origen. d) Actuaciones especialmente destinadas al asesoramiento e información sociolaboral específico para los trabajadores migrantes en el marco de la orden por la que se regula la contratación colectiva en origen, en relación con sus derechos, las condiciones laborales del sector y los servicios de carácter social a que pueden tener derecho. e) Organización e impartición de sesiones informativas y/o de acciones formativas en el ámbito social, cultural, económico, laboral /o de otra naturaleza, que complementen los conocimientos y la experiencia de los trabajadores y trabajadoras que participen en los mismos. Tercero. Bases reguladoras: Orden ISM/676/2022, de 15 de julio, publicada en el BOE el 19 de julio de 2022. cve: BOE-B-2026-27449 Verificable en la dirección https://extraboe.boe.es/arde c) Promoción y apoyo a la concatenación de campañas de temporada, así como desarrollo de proyectos piloto en este ámbito.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/20/pdfs/BOE-B-2026-27449.pdf
