# Orden CNU/880/2026, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas del programa de movilidad de estudiantes universitarios «Luisa de Medrano».

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-21
- **Organismo:** Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. . III. Otras disposiciones. Ayudas.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18012
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-21/orden-cnu8802026-17-agosto-que-aprueban-bases-reguladoras-concesion-ayudas-programa-movilidad-estudiantes-universitarios-luisa-medrano-Gk9P4O
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/21/pdfs/BOE-A-2026-18012.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 205 Viernes 21 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 116044 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES Orden CNU/880/2026, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas del programa de movilidad de estudiantes universitarios «Luisa de Medrano». La movilidad académica constituye un elemento esencial para garantizar un sistema universitario abierto, cohesionado y capaz de ofrecer al estudiantado una formación integral que trascienda los límites de su universidad de origen. El intercambio entre centros permite ampliar la oferta formativa disponible, facilita la adquisición de competencias transversales, favorece la convivencia entre entornos socioculturales diversos y fortalece la vertebración territorial del sistema universitario español. En este contexto, el programa SICUE, gestionado por la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE), se ha consolidado como el principal instrumento de movilidad nacional, posibilitando que miles de estudiantes cursen parte de sus estudios en otras universidades del territorio español con reconocimiento académico garantizado. Sin embargo, a pesar de su consolidación institucional y académica, la participación en el programa se ha visto limitada por factores de naturaleza económica que dificultan el acceso en condiciones de igualdad. Los gastos derivados del desplazamiento, la residencia temporal y la adaptación a un nuevo entorno pueden constituir una barrera significativa para parte del estudiantado, especialmente aquel con menor capacidad económica o procedente de territorios alejados. Con el fin de reforzar la movilidad académica en condiciones de equidad, promover la cohesión territorial y fortalecer la calidad del sistema universitario español, resulta necesario establecer un marco estatal de ayudas económicas que complemente la estructura existente del programa SICUE y contribuya a eliminar los obstáculos económicos que impiden su plena utilización. La creación del programa de ayudas «Luisa de Medrano» responde a esta necesidad, configurándose como una medida de fomento destinada a garantizar que la participación en experiencias de movilidad académica no dependa de la situación económica de cada estudiante, sino de su interés formativo y de su aprovechamiento académico. La presente orden establece las bases reguladoras de dichas ayudas, determinando su objeto, finalidad, requisitos, procedimiento de concesión y régimen de justificación y control. Su contenido se adecua a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento, y se dicta en ejercicio de las competencias estatales en materia de ordenación general del sistema educativo y de fomento de la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación superior. La norma respeta plenamente el reparto constitucional de competencias y no incide en la autonomía universitaria ni en las competencias que corresponden a las comunidades autónomas. Del mismo modo, su aprobación no genera cargas administrativas significativas para las personas beneficiarias ni para las instituciones universitarias, al articularse mediante procedimientos electrónicos y mecanismos de gestión ya integrados en el funcionamiento habitual del programa SICUE. Asimismo, la orden contribuye a los objetivos estratégicos de modernización del sistema universitario español, impulsa la cohesión territorial, refuerza el principio de igualdad de oportunidades y favorece el desarrollo académico, social y personal del estudiantado universitario. Todo ello justifica la aprobación de esta norma, cuyo alcance y contenido resultan proporcionados a los fines perseguidos y adecuados para garantizar un marco estable y homogéneo de apoyo a la movilidad académica nacional. Igualmente, debe indicarse que el programa de ayudas que se crea mediante esta orden no constituye ayuda de Estado de acuerdo con el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. cve: BOE-A-2026-18012 Verificable en https://www.boe.es 18012

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/21/pdfs/BOE-A-2026-18012.pdf
