# Resolución de 19 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que, en ejecución de Auto, se abre nuevo plazo de presentación de solicitudes para determinadas titulaciones en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo en el Grupo Profesional M2, especialidad Conservación y Restauración de Bienes Culturales, convocado por Resolución de 7 de julio de 2026.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-21
- **Organismo:** Ministerio de Cultura. . II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-17996
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-21/resolucion-19-agosto-2026-subsecretaria-que-ejecucion-auto-abre-nuevo-plazo-presentacion-solicitudes-determinadas-titulaciones-5ZmqeV
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/21/pdfs/BOE-A-2026-17996.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 205 Viernes 21 de agosto de 2026 Sec. II.B. Pág. 115834 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos MINISTERIO DE CULTURA 17996 Resolución de 19 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que, en ejecución de Auto, se abre nuevo plazo de presentación de solicitudes para determinadas titulaciones en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo en el Grupo Profesional M2, especialidad Conservación y Restauración de Bienes Culturales, convocado por Resolución de 7 de julio de 2026. Antecedentes de hecho Primero. Con fecha 9 de julio de 2026, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 166, la Resolución de 7 de julio de 2026, de la Subsecretaría de Cultura, por la que se convocaba el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, entre otros, en el Grupo Profesional M2, especialidad: Conservación y Restauración de Bienes Culturales. Segundo. «1.º Hasta que se dicte resolución en la pieza cautelar ordinaria, la suspensión cautelarísima de la eficacia de la Resolución de 7 de julio de 2026, de la Subsecretaría del Ministerio de Cultura, exclusivamente en cuanto la titulación exigida para las 31 plazas del grupo profesional M2, especialidad “Conservación y Restauración de Bienes Culturales”, números de orden 25 a 55, pueda impedir la participación provisional de quienes ostenten alguna de las siguientes titulaciones: a) Licenciatura en Bellas Artes con especialidad en Conservación y Restauración de Bienes Culturales; b) Licenciatura en Bellas Artes con itinerario curricular en Conservación-Restauración de Bienes Culturales. 2.º Requerir al Ministerio de Cultura para que, de forma inmediata y por el medio más eficaz, adopte las medidas necesarias para permitir la presentación o, en su caso, regularización de solicitudes de las personas comprendidas en el apartado anterior, sin que puedan ser excluidas provisionalmente del proceso selectivo por la sola razón de ostentar dichas licenciaturas y no la Diplomatura o el Grado expresamente mencionados en la convocatoria». Por lo tanto, en el mismo se declara, hasta que se dicte resolución en la pieza cautelar ordinaria, el derecho de las personas aspirantes con la titulación de «Licenciatura en Bellas Artes con especialidad en Conservación y Restauración de Bienes Culturales» y «Licenciatura en Bellas Artes con itinerario curricular en Conservación-Restauración de Bienes Culturales», a participar en el proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo en el Grupo Profesional M2, especialidad: Conservación y Restauración de Bienes Culturales. cve: BOE-A-2026-17996 Verificable en https://www.boe.es Con fecha 7 de agosto de 2026, la plaza n.º 34 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid dictó, en el procedimiento de pieza de medidas cautelares 889/2026–0001, el Auto n.º 75/2026. Dicho Auto admite la medida cautelarísima solicitada en la demanda planteada contra este Departamento, por la que se impugna la ya mencionada Resolución de este Departamento de 7 de julio de 2026. La parte dispositiva del mismo acuerda que:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/21/pdfs/BOE-A-2026-17996.pdf
