# Resolución de 17 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Perú y Andino Inversiones Global, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-22
- **Organismo:** Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . III. Otras disposiciones. Convenios.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18020
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-22/resolucion-17-agosto-2026-secretaria-general-tecnica-que-publica-convenio-embajada-espana-peru-andino-inversiones-global-nm9omy
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/22/pdfs/BOE-A-2026-18020.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 206 Sábado 22 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 116110 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN 18020 Resolución de 17 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Perú y Andino Inversiones Global, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España. Con fecha 4 de agosto de 2026 se suscribió un convenio entre la Embajada de España en Lima, Perú y Andino Inversiones Global, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España en 2026. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución. Madrid, 17 de agosto de 2026.–La Secretaria General Técnica, Carmen Burguillo Burgos. ANEXO Convenio entre la Embajada de España en Lima, Perú y Andino Inversiones Global, SA, para la celebración de la Fiesta Nacional de España en 2026 En Lima, a 4 de agosto de 2026. REUNIDOS Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto EXPONEN I. Que la Embajada tiene entre sus fines la promoción de las relaciones bilaterales en el país de actuación, así como la protección en el mismo de los intereses de España y de los españoles, todo ello de acuerdo con la normativa vigente. cve: BOE-A-2026-18020 Verificable en https://www.boe.es I. De una parte, la Embajada de España en Lima, Perú, con domicilio en avenida Jorge Basadre, 498, San Isidro, Lima (Perú), y número de identificación fiscal S2812001B (en adelante, la Embajada). La Embajada está en este acto representada por el Embajador de España en Lima, Perú, don Alejandro Diego Abellán García de Diego, con pasaporte diplomático *****94**, mayor de edad, de nacionalidad española, con domicilio profesional en Lima, Perú. El Embajador de España en Lima, Perú, don Alejandro Diego Abellán García de Diego actúa por delegación de firma de la Directora General del Servicio Exterior, según facultades delegadas por medio de resolución de fecha 29 de abril de 2026, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.a) de la Orden AUC/462/2021, de 28 de abril, por la que se fijan los límites para administrar gastos y de delegación de competencias. II. Y, de otra parte, Andino Inversiones Global, SA, con domicilio en calle de José Ortega y Gasset 22, piso 5, 28006 Madrid, España, y número de identificación fiscal A09716036 (en adelante, Andino Inversiones Global, SA), representada en este acto por don Carlos Rodolfo Juan Vargas Loret de Mola, con DNI *****41**, mayor de edad, de nacionalidad peruana, con domicilio profesional en calle de José Ortega y Gasset, 22, piso 5, 28006 Madrid, España. Actúa en calidad de Consejero Delegado.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/22/pdfs/BOE-A-2026-18020.pdf
