# Resolución de 3 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Naturgy Vento, SAU, autorización administrativa previa para el parque solar fotovoltaico Hibridación Casa del Aire l, de 49,35 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico Casa del Aire I, de 50,4 MW, y para su infraestructura de evacuación, en El Bonillo (Albacete).

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-22
- **Organismo:** Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18030
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-22/resolucion-3-junio-2025-direccion-general-politica-energetica-minas-que-otorga-naturgy-vento-sau-autorizacion-administrativa-previa-5AazLp
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/22/pdfs/BOE-A-2026-18030.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 206 Sábado 22 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 116228 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Resolución de 3 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Naturgy Vento, SAU, autorización administrativa previa para el parque solar fotovoltaico Hibridación Casa del Aire l, de 49,35 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico Casa del Aire I, de 50,4 MW, y para su infraestructura de evacuación, en El Bonillo (Albacete). Con fecha 7 de diciembre de 2022, complementada en fecha 13 de diciembre de 2022, subsanada en fecha 18 de enero de 2023 y complementada en fecha 20 de septiembre de 2023, Energías Alternativas Castilla La Mancha, SLU, solicita autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para el parque solar fotovoltaico Hibridación Casa del Aire l, de 49,35 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico Casa del Aire I, de 50,4 MW, y para su infraestructura de evacuación, constituida por la red subterránea de 30 kV que conecta los centros de transformación de la planta fotovoltaica con la subestación eléctrica Casa del Aire 20-30/132 kV y la ampliación de dicha subestación, en el término municipal de El Bonillo, en la provincia de Albacete. Con fecha 30 de enero de 2024, subsanada en fecha 21 de mayo de 2024, se recibe escrito de Naturgy Vento, SAU (en adelante, el promotor), por el que solicita el cambio de titularidad del parque solar fotovoltaico Hibridación Casa del Aire I, y su infraestructura de evacuación, con código de expediente asociado PEol‑FV-094, inicialmente tramitado por la sociedad Energías Alternativas Castilla La Mancha, SLU. Con fecha 28 de febrero de 2025, la Subdirección General de Infraestructuras e Integración del Sistema Energético del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico comunica la toma de razón del cambio de titularidad de la instalación, a favor de Naturgy Vento, SAU. El expediente fue incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Albacete y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición del Ayuntamiento de El Bonillo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, para su conocimiento. Se ha recibido contestación del Servicio de Ejecución y Disciplina Urbanística de la Delegación Provincial en Albacete de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, que expresa su conformidad. Se ha recibido contestación del Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas de la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que apunta a la necesidad de consultar con las empresas que ejercen las actividades de transporte, distribución y cve: BOE-A-2026-18030 Verificable en https://www.boe.es 18030

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/22/pdfs/BOE-A-2026-18030.pdf
