# Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón de convocatoria para el levantamiento de Actas Previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por el Anteproyecto "Área de Servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del nordeste A-2, P.K. 234+300, margen izquierda. T.M. Calatayud, Zaragoza". Clave: A0-Z-0001 / SGE-ADS-24-040.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-26
- **Organismo:** Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas.
- **Identificador oficial:** BOE-B-2026-27837
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-26/anuncio-demarcacion-carreteras-estado-aragon-convocatoria-levantamiento-actas-previas-ocupacion-bienes-derechos-afectados-anteproyecto-Ngm9lB
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/26/pdfs/BOE-B-2026-27837.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 209 Miércoles 26 de agosto de 2026 Sec. V-B. Pág. 45122 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE 27837 Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón de convocatoria para el levantamiento de Actas Previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por el Anteproyecto "Área de Servicio dotada de una e stación de re carga ultrarrápida para ve hículos eléctricos. Autovía del nordeste A-2, P.K. 234+300, margen izquierda. T.M. Calatayud, Zaragoza". Clave: A0-Z-0001 / SGE-ADS-24-040. Por Resolución de fecha 10 de junio de 2025, la Subdirectora General de Planificación y Explotación, P. D. del Director General de Carreteras, Apartado Decimosexto.3.A.b) de la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, aprobó provisionalmente el Anteproyecto de construcción y explotación "Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del Nordeste A-2, p.k. 234+300, margen izquierda. T.M. Calatayud, Zaragoza" y declaró la urgencia del anteproyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras. Mediante Resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible de fecha 22 de diciembre de 2025, se aprobó definitivamente el anteproyecto de construcción y explotación y el estudio de viabilidad del "Área de Servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del nordeste A-2, p.k. 234+300, margen izquierda. T.M. Calatayud, Zaragoza", previos los trámites de información pública legalmente establecidos. En la citada Resolución se ordenó a la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón la incoación del expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para el desarrollo de la actuación, teniendo en cuenta, en su caso, lo indicado en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa. En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso de las facultades que le otorga el art. 98 de la LEF y atendiendo a lo señalado en las reglas 2ª y 3ª de su art. 52, ha resuelto convocar a los propietarios que figuran en la relación publicada en la web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible https:// www.transportes.gob.es/ministerio/buen-gobierno/participacion-publica junto con los planos parcelarios, para que asistan al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación en el lugar, día y hora que se indica a continuación: Término Municipal: Calatayud. Lugar: Salón de Actos del Ayuntamiento (Plaza Costa nº 14, 50300, Calatayud). Día: 16 de Septiembre de 2026 (de 10:00 a 14:00 horas). Además, se notificará a los titulares afectados el día y la hora de la convocatoria y se publicará la relación completa en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Calatayud (Plaza Costa nº 14, 50300, Calatayud), en esta Demarcación de Carreteras (Plaza Santa Cruz nº 19, 50071 Zaragoza), en el cve: BOE-B-2026-27837 Verificable en la dirección https://extraboe.boe.es/arde La tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, a lo previsto en el artículo 52, y demás preceptos que le sean de aplicación, de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/26/pdfs/BOE-B-2026-27837.pdf
