# Extracto de la Resolución de 13 de agosto de 2026 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a determinadas organizaciones no gubernamentales para el apoyo y la participación en la ejecución de políticas públicas de competencia estatal.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-26
- **Organismo:** Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas.
- **Identificador oficial:** BOE-B-2026-27852
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-26/extracto-resolucion-13-agosto-2026-direccion-fundacion-biodiversidad-fsp-que-aprueba-publicacion-convocatoria-subvenciones-GXPKgo
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/26/pdfs/BOE-B-2026-27852.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 209 Miércoles 26 de agosto de 2026 Sec. V-B. Pág. 45149 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 27852 Extracto de la Resolución de 13 de agosto de 2026 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la convocatoria de subve ncione s, e n régime n de concurre ncia competitiva, a determinadas organizaciones no gubernamentales para e l apoyo y la participación e n la e je cución de políticas públicas de compe te ncia e statal. BDNS(Identif.):926034 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/ 926034) Primero. - Objeto de la convocatoria. El objeto de esta convocatoria es la cofinanciación de actividades llevadas a cabo por determinadas organizaciones no gubernamentales, cuyo objetivo principal es la defensa y protección del medio ambiente y que forman parte del Consejo Asesor de Medio Ambiente, para la participación en el ámbito de la biodiversidad y el cambio climático en el apoyo a la ejecución de las políticas públicas relativas al medio ambiente de competencia estatal. Segundo.- Beneficiarias. 1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro, apartado 3.1.a) de la Orden TED/818/2021, de 12 de julio, que cumplan los requisitos del artículo 3.2 de la misma y los citados a continuación: a) Estar legalmente constituidas y tener domicilio en territorio español, según la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, al menos con cinco años de anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria. c) Estar debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo y haber sido declaradas de utilidad pública. d) Estar incluidas en el anexo del Real Decreto 2355/2004, de 23 de diciembre, por el que se regulan la estructura y funciones del Consejo Asesor de Medio Ambiente. e) Disponer de experiencia internacional acreditada mediante la participación activa en federaciones u organizaciones internacionales y en foros y convenios internacionales de carácter ambiental, así como en el desarrollo de actividades de conservación del medio ambiente. f) Someter su gestión a controles periódicos de auditoría externa en, al menos, los últimos tres años. cve: BOE-B-2026-27852 Verificable en la dirección https://extraboe.boe.es/arde b) Tener como objetivo primordial la defensa y protección del medio ambiente y ámbito de actuación estatal, de acuerdo con sus Estatutos.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/26/pdfs/BOE-B-2026-27852.pdf
