# Resolución de 23 de agosto de 2026, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Universidad de Extremadura.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-27
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18248
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-27/resolucion-23-agosto-2026-abogacia-general-estado-que-publica-convenio-asistencia-juridica-universidad-extremadura-5MPZm9
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/27/pdfs/BOE-A-2026-18248.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 211 Jueves 27 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 117016 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 18248 Resolución de 23 de agosto de 2026, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Universidad de Extremadura. Con fecha 13 de agosto de 2026 se ha suscrito el Convenio de Asistencia Jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Universidad de Extremadura. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anejo a esta resolución. Madrid, 23 de agosto de 2026.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas Álvarez. ANEJO Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Universidad de Extremadura REUNIDOS De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. De otra parte, don Pedro María Fernández Salguero, actuando en nombre y representación de la Universidad de Extremadura, con domicilio social en plaza Caldereros, 1, 10003 Cáceres, y NIF Q0618001B, en su condición de Rector Magnífico, cargo para el que fue nombrado por Decreto 166/2022, de 30 de diciembre, de la Junta de Extremadura (DOE núm. 9, de fecha 13 de enero de 2023) y cuyas competencias ostenta en virtud del artículo 93 h) de Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura modificado por Decreto 190/2010, de 1 de octubre, y de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, Primero. Que la Abogacía General del Estado es el centro directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus organismos autónomos y a los órganos constitucionales. Para el resto de entidades y organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un convenio. cve: BOE-A-2026-18248 Verificable en https://www.boe.es MANIFIESTAN

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/27/pdfs/BOE-A-2026-18248.pdf
