# Resolución de 21 de agosto de 2026, de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para financiar y ejecutar las obras de rehabilitación del Almacén de Abastos de Ceuta.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-08-29
- **Organismo:** Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. . III. Otras disposiciones. Ciudad de Ceuta. Convenio.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18304
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-08-29/resolucion-21-agosto-2026-direccion-general-agenda-urbana-arquitectura-que-publica-convenio-ciudad-ceuta-financiar-nzLyMk
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/29/pdfs/BOE-A-2026-18304.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 213 Sábado 29 de agosto de 2026 Sec. III. Pág. 117390 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA 18304 Resolución de 21 de agosto de 2026, de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para financiar y ejecutar las obras de rehabilitación del Almacén de Abastos de Ceuta. Con fecha 20 de agosto de 2026, fecha de la última firma electrónica y previa tramitación reglamentaria, se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y la Ciudad Autónoma de Ceuta para financiar y ejecutar las obras de rehabilitación del Almacén de Abastos de Ceuta. Se publica en el «Boletín Oficial del Estado» dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución. Madrid, 21 de agosto de 2026.–La Directora General de Agenda Urbana y Arquitectura, María Teresa Verdú Martínez. ANEXO Convenio entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y la Ciudad Autónoma de Ceuta para financiar y ejecutar las obras de rehabilitación del Almacén de Abastos de Ceuta REUNIDOS De una parte, José Ignacio Carnicero Alonso-Colmenares, Secretario General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura en virtud de su nombramiento por Real Decreto 295/2023, de 18 de abril, representando a la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana por situación de vacancia conforme al régimen de suplencias previsto en la disposición adicional cuarta de del Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y cuya competencia corresponde originariamente a la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana conforme con lo dispuesto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De otra parte, Juan Jesús Vivas Lara, en virtud de su nombramiento como Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 523/2023, de 19 de junio, y en cuyo nombre y representación actúa en virtud del artículo 14 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta. Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir este convenio y a tal efecto: Primero. Que el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (en adelante, MIVAU) de acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MIVAU, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, es el encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en cve: BOE-A-2026-18304 Verificable en https://www.boe.es EXPONEN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/08/29/pdfs/BOE-A-2026-18304.pdf
