# Orden APA/923/2026, de 28 de agosto, por la que se dispone la renovación de la inscripción de diversas variedades de distintas especies en el Registro de Variedades Comerciales.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-03
- **Organismo:** Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Variedades comerciales de plantas.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18570
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-03/orden-apa9232026-28-agosto-que-dispone-renovacion-inscripcion-diversas-variedades-distintas-especies-registro-variedades-comerciales-GDaE1K
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/03/pdfs/BOE-A-2026-18570.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 218 Jueves 3 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 118813 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 18570 Orden APA/923/2026, de 28 de agosto, por la que se dispone la renovación de la inscripción de diversas variedades de distintas especies en el Registro de Variedades Comerciales. De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 30/2006, de 26 de julio, de Semillas y Plantas de Vivero y de Recursos Fitogenéticos, y teniendo en cuenta las peticiones formuladas por los obtentores de las variedades que se citan, resuelvo: Se renueva por un periodo de diez años la inscripción en el Registro de Variedades Comerciales de las variedades que se relacionan en el anexo de la presente orden. La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La presente orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra ella podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante el Sr. Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación o ser impugnada, directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el Plazo de dos meses, también contado desde el día siguiente al de su publicación. Debe advertirse que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, si éste se hubiera interpuesto. Madrid, 28 de agosto de 2026.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, Ana Rodríguez Castaño. ANEXO Especie: Albaricoquero 20090344 DAMA ROSA. Especie: Algarrobo 20160107 20160109 DURAIO. ROJAL. 20140069 20100034 20100033 KENDRA. LAGIRALDA. LANOVIA. Especie: Arroz 20140073 20120346 ANSAR. OLESA. cve: BOE-A-2026-18570 Verificable en https://www.boe.es Especie: Algodón

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/03/pdfs/BOE-A-2026-18570.pdf
