# Resolución de 24 de agosto de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Modificación del proyecto del parque eólico Alcocero de Mola, de 78 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Burgos».

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-04
- **Organismo:** Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Impacto ambiental.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18635
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-04/resolucion-24-agosto-2026-direccion-general-calidad-evaluacion-ambiental-que-formula-informe-impacto-ambiental-proyecto-modificacion-proyecto-n8XOmk
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/04/pdfs/BOE-A-2026-18635.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 219 Viernes 4 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 119366 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 18635 Resolución de 24 de agosto de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Modificación del proyecto del parque eólico Alcocero de Mola, de 78 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Burgos». Con fecha 5 de noviembre de 2024, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental simplificada del proyecto «Modificación del proyecto del parque eólico Alcocero de Mola, de 78 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Burgos», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), como órgano sustantivo, promovido por Iberenova Promociones, SAU. El proyecto «Parque eólico Alcocero de Mola de 102 MW y sus infraestructuras de evacuación», en los términos municipales de Alcocero de Mola, Arraya de Oca, Cerratón de Juarros, Espinosa del Camino, Valle de Oca y Villafranca Montes de Oca, provincia de Burgos» cuenta con declaración de impacto ambiental favorable, formulada mediante Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Posteriormente, el promotor plantea modificaciones al proyecto, con el fin de dar cumplimiento a los acuerdos de compatibilidad de instalaciones con las explotaciones mineras «Villalómez», propiedad de la mercantil Yesos Albi, SA, y «Ampliación a Bañuelos», propiedad de Aplicaciones Mineras, SA. Asimismo, la modificación persigue minimizar las posibles afecciones al medio, mejorar el aprovechamiento eólico del emplazamiento con el cambio de modelo de aerogenerador respecto del inicial y cumplir las condiciones de la declaración de impacto ambiental, en particular en lo relativo a la afección a montes de utilidad pública y a la permeabilidad de las instalaciones frente a la avifauna. Respecto a las infraestructuras de evacuación, las modificaciones se derivan del informe emitido por Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la Junta de Castilla y León, en Burgos, como resultado de las consultas previas conforme a los artículos 127 y 131 del RD 1955/2000. Este informe condiciona la ejecución en aéreo de la línea eléctrica a que sea compartida con otros promotores, dado que la infraestructura de evacuación del proyecto FV Belorado I (Expte. FV/601), consistente en una línea aérea de 220 kV y 8.966 metros de longitud, cuenta con DIA, APP y ACC. En consecuencia, la línea será compartida entre las instalaciones PE Alcocero de Mola y FV Belorado I, en doble circuito desde el apoyo n.º 18 hasta el apoyo n.º 4, minimizando así el número de infraestructuras y reduciendo el impacto ambiental. Asimismo, debido a las limitaciones de espacio en la subestación existente de SE Alcocero de Mola (REE), la llegada de la línea debe realizarse en aéreo para cumplir con el requerimiento de REE, lo que hace necesario instalar un nuevo apoyo n.º 3 que ejecute la transición enterradoaéreo. cve: BOE-A-2026-18635 Verificable en https://www.boe.es Antecedentes de hecho

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/04/pdfs/BOE-A-2026-18635.pdf
