# Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Pilotos de Eurowings Europe Limited en España.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-04
- **Organismo:** Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18628
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-04/resolucion-25-agosto-2026-direccion-general-trabajo-que-registra-publica-convenio-colectivo-pilotos-eurowings-europe-limited-n3zJ3g
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/04/pdfs/BOE-A-2026-18628.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 219 Viernes 4 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 119080 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 18628 Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Pilotos de Eurowings Europe Limited en España. Visto el texto del Convenio Colectivo de Pilotos de Eurowings Europe Limited en España (código de Convenio n.º 90105200012026), que fue suscrito con fecha 3 de marzo de 2026, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por representantes de la Sección Sindical de SEPLA en Eurowings Europe Ltd, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido finalmente subsanado mediante acta de fecha 3 de agosto de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. Ordenar la inscripción del mencionado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 25 de agosto de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. CONVENIO COLECTIVO DE PILOTOS DE LA EMPRESA EUROWINGS EUROPE LTD. EN ESPAÑA SUSCRITO ENTRE LA SECCIÓN SINDICAL DEL SINDICATO ESPAÑOL DE PILOTOS DE LÍNEAS AÉREAS (SEPLA) Y EUROWINGS EUROPE LTD Preámbulo. Partes signatarias Suscriben el presente convenio colectivo la Sección Sindical del Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA), en representación de las personas trabajadoras, y la representación legal de la empresa Eurowings Europe Ltd. Ámbito personal, funcional y territorial a) El presente convenio se formaliza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82.1, 83.1, 84.2 y 87.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y afecta a las personas trabajadoras contratadas como Pilotos (Cockpit Staff) por la Empresa. b) El presente Convenio Colectivo se aplica exclusivamente a los Pilotos de Eurowings Europe Ltd. (en adelante denominada también Eurowings o la Empresa). cve: BOE-A-2026-18628 Verificable en https://www.boe.es 1.

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/04/pdfs/BOE-A-2026-18628.pdf
