# Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Motonáutica.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-04
- **Organismo:** Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Motonáutica. Estatutos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18624
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-04/resolucion-25-agosto-2026-presidencia-consejo-superior-deportes-que-publican-estatutos-real-federacion-espanola-motonautica-GbZ8Q2
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/04/pdfs/BOE-A-2026-18624.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 219 Viernes 4 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 119009 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES 18624 Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Motonáutica. En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes en su sesión de 18 de junio de 2026, ratificó los Estatutos de la Real Federación Española de Motonáutica, autorizando su inscripción en el Registro Estatal de Entidades Deportivas. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022. de 30 de diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la Real Federación Española de Motonáutica, contenida en el anexo a la presente resolución. Madrid, 25 de agosto de 2026.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes. ANEXO Estatutos de la Real Federación Española de Motonáutica TÍTULO I CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1. – – – – – – – Motos de agua (especialidad principal). Fuerabordas de circuito. Pleasure Navigation. Deporte inclusivo. Flysky. Motosurf. Radiocontroladas. La RFEM está integrada por federaciones autonómicas, clubes deportivos, deportistas, técnicos/as, jueces/as – árbitros, y por los otros colectivos que tengan por objeto la promoción o práctica de la motonáutica o contribuyan a su desarrollo y se hallen integradas según lo dispuesto en los presentes Estatutos. cve: BOE-A-2026-18624 Verificable en https://www.boe.es 1. La Real Federación Española de Motonáutica, en lo sucesivo: RFEM, es una entidad de naturaleza asociativa de derecho privado, sin ánimo de lucro y declarada de utilidad pública, que tiene por objeto el fomento, la organización, la reglamentación, el desarrollo y la práctica en todo el territorio nacional de la modalidad deportiva de motonáica y de las especialidades siguientes:

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/04/pdfs/BOE-A-2026-18624.pdf
