# Resolución de 14 de julio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias, sobre aeródromos de uso restringido.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-05
- **Organismo:** Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18686
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-05/resolucion-14-julio-2026-direccion-agencia-estatal-seguridad-aerea-que-publica-convenio-gobierno-canarias-5BaZO6
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/05/pdfs/BOE-A-2026-18686.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 220 Sábado 5 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 119535 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE 18686 Resolución de 14 de julio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias, sobre aeródromos de uso restringido. La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y el Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad del Gobierno de Canarias han suscrito un convenio sobre aeródromos de uso restringido. Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la presente resolución. Madrid, 14 de julio de 2026.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, Montserrat Mestres Domènech. ANEXO Convenio entre la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y el Gobierno de Canarias sobre aeródromos de uso restringido REUNIDOS Madrid, 15 de junio de 2026. De una parte, doña Montserrat Mestres Domènech, en su calidad de Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (en adelante AESA), nombrada por acuerdo del Consejo Rector de 6 de mayo de 2022 y en uso de las facultades que le confiere el Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de AESA y de las facultades que le fueron delegadas por resolución de 26 de mayo de 2023, del Consejo Rector de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, sobre delegación de competencias, por la que se delegan en la persona titular de la dirección de la Agencia, entre otras, las competencias de aprobación de convenios. De otra parte, don Pablo Rodríguez Valido, en su calidad de Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, actuando en el presente acto en nombre y representación del Gobierno de Canarias, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 43/2023, de 14 de julio, y en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 29.1 letra K) de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias. EXPONEN Primero. Competencias. Las actuaciones convenidas se fundamentan en las siguientes competencias. De acuerdo con la Constitución Española, artículo 148, las Comunidades Autónomas. pueden asumir competencias en los «aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales». cve: BOE-A-2026-18686 Verificable en https://www.boe.es Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para suscribir este convenio,

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/05/pdfs/BOE-A-2026-18686.pdf
