# Resolución de 26 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda del Convenio entre el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, para la gestión de avales por cuenta del Estado de la «Facilidad para promoción de vivienda social».

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-05
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18677
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-05/resolucion-26-agosto-2026-subsecretaria-que-publica-adenda-convenio-instituto-credito-oficial-epe-ministerio-5KPEOp
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/05/pdfs/BOE-A-2026-18677.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 220 Sábado 5 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 119505 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 18677 Resolución de 26 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda del Convenio entre el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, para la gestión de avales por cuenta del Estado de la «Facilidad para promoción de vivienda social». El Secretario General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura, y el presidente del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., han suscrito, con fecha de 31 de julio de 2026, una adenda al Convenio sobre la gestión de avales por cuenta del Estado de la «Facilidad para promoción de vivienda social», que fue firmado el 29 de julio de 2024. Para general conocimiento, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución. Madrid, 26 de agosto de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez. ANEXO Primera adenda de modificación del Convenio entre el Instituto de Crédito Oficial y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana para la gestión de avales por cuenta del Estado de la «Facilidad para promoción de vivienda social» REUNIDOS De una parte, don David Lucas Parrón, en su calidad de Secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 976/2023, de 28 de noviembre, por el que se dispone su nombramiento y actuando en virtud de la competencia que le otorga el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Y, de otra parte, don Manuel Illueca Muñoz, actuando en nombre y representación del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. (en adelante, ICO), en su condición de Presidente del mismo por virtud de su nombramiento por Real Decreto 860/2024, de 27 de agosto, y actuando en ejercicio de las funciones de representación que le otorgan sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 706/1999, con las modificaciones contempladas en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, en el Real Decreto 1149/2015 y en el Real Decreto 390/2011. EXPONEN Primero. Que con fecha 29 de julio de 2024 se formalizó el Convenio entre el ICO y el MIVAU, para la gestión de avales por cuenta del Estado de la «Facilidad para promoción de vivienda social» (en adelante, el convenio). cve: BOE-A-2026-18677 Verificable en https://www.boe.es El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) e ICO, que en adelante podrán ser denominadas, individualmente, «la Parte» y, conjuntamente, «las Partes», se reconocen mutuamente capacidad jurídica y de obrar suficiente para la celebración de la presente adenda (en adelante, la adenda) y, a tal efecto,

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/05/pdfs/BOE-A-2026-18677.pdf
