# Resolución de 26 de agosto de 2026, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Universidad de Salamanca.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-07
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Comunidad de Castilla y León. Convenio.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18750
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-07/resolucion-26-agosto-2026-abogacia-general-estado-que-publica-convenio-asistencia-juridica-abogacia-general-estado-N7vmBR
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/07/pdfs/BOE-A-2026-18750.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 221 Lunes 7 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 120156 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 18750 Resolución de 26 de agosto de 2026, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Universidad de Salamanca. Con fecha 16 de julio de 2026 se ha suscrito el Convenio de Asistencia Jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Universidad de Salamanca. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anejo a esta resolución. Madrid, 26 de agosto de 2026.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas Álvarez. ANEJO Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Universidad de Salamanca REUNIDOS MANIFIESTAN Primero. Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un convenio. cve: BOE-A-2026-18750 Verificable en https://www.boe.es De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. De otra parte, don Juan Manuel Corchado Rodríguez, actuando en nombre y representación de la Universidad de Salamanca, entidad con domicilio en Patio de Escuelas 1, 37008 Salamanca, y con NIF Q3718001E. Actúa en su calidad de Rector Magnífico de la misma, nombrado por Acuerdo 27/2024, de 16 de mayo (BOCYL de 17 de mayo), de la Junta de Castilla León, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo (BOE del 23), del Sistema Universitario (en adelante LOSU), y el Acuerdo 19/2003, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprobaron los Estatutos de la Universidad de Salamanca, modificados por Acuerdo 38/2011, de 5 de mayo, de la Junta de Castilla y León.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/07/pdfs/BOE-A-2026-18750.pdf
