# Resolución de 31 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia, en materia de seguridad.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-09
- **Organismo:** Ministerio Del Interior. . III. Otras disposiciones. Convenios.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18881
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-09/resolucion-31-agosto-2026-secretaria-general-tecnica-que-publica-convenio-secretaria-estado-seguridad-ayuntamiento-Ngm1qj
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/09/pdfs/BOE-A-2026-18881.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 223 Miércoles 9 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 120621 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DEL INTERIOR 18881 Resolución de 31 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia, en materia de seguridad. Habiéndose suscrito el 27 de julio de 2026 el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia (Ourense) en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución. Madrid, 31 de agosto de 2026.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez. ANEXO Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Direccion General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia (Ourense) en materia de seguridad En Madrid, a 27 de julio de 2026. REUNIDOS De una parte, doña Ana María Calvo Sastre, Secretaria de Estado de Seguridad, cargo para el que fue nombrada por el Real Decreto 435/2025, de 3 de junio, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Y, de otra parte, don Amador Díaz Penín, Alcalde del Ayuntamiento de Xinzo de Limia (Ourense) (en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en calle Curros Enríquez n.º 15, 32630 Xinzo de Limia (Ourense). Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto, EXPONEN Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública. Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, la Secretaría de Estado de Seguridad. Por otro lado, a la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, según el artículo 2.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, corresponde el ejercicio de las cve: BOE-A-2026-18881 Verificable en https://www.boe.es Primero.

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/09/pdfs/BOE-A-2026-18881.pdf
