# Resolución de 12 de junio de 2026, de la Autoridad Portuaria de Huelva, por la que se corrigen errores en la de 23 de diciembre de 2025, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en el Puerto de Huelva.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-10
- **Organismo:** Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Servicios portuarios.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18973
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-10/resolucion-12-junio-2026-autoridad-portuaria-huelva-que-corrigen-errores-23-diciembre-2025-que-5RPee8
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/10/pdfs/BOE-A-2026-18973.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 224 Jueves 10 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 121070 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE 18973 Resolución de 12 de junio de 2026, de la Autoridad Portuaria de Huelva, por la que se corrigen errores en la de 23 de diciembre de 2025, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en el Puerto de Huelva. Se ha advertido error en la transcripción del anexo de la certificación del acuerdo de fecha 23 de diciembre de 2025, adoptado por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva, en sesión de fecha 18 de diciembre de 2025, por el que se aprobó el Pliego de Prescripciones Particulares para la Prestación del Servicio Portuario de Recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en el Puerto de Huelva, a la vista del Informe-Propuesta redactado por la Dirección, que fue elevado por la Presidencia a la consideración del Consejo, que consta en el correspondiente expediente administrativo al que quedó referido el citado acuerdo en lo que respecta a su motivación para aprobar el citado Pliego. De conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. A la vista de lo anterior, se procede a rectificar el error apreciado en el citado anexo en el siguiente sentido: En la sección II: Licencias, en el punto Prescripción 4.ª: Tipos de licencias, apartado 2. Donde dice: «c) Licencias en el ámbito de las terminales de hidrocarburos, químicas y petroquímicas, astilleros e instalaciones de reparación naval o de desguace a las que hace referencia el artículo 63 del TRLPEMM.» Debe decir: i. Licencia otorgada directamente a los titulares de las citadas terminales e instalaciones quienes serán a su vez prestadores y tendrán que prestar el servicio de recogida de residuos de carga con medios propios, sin celebrar contrato con terceros. ii. Licencia otorgada a un tercero que tenga firmado un contrato con el titular de las citadas terminales, astilleros e instalaciones, para la prestación del servicio de recogida de residuos de carga. Asimismo, los titulares de estas terminales, astilleros o instalaciones deberán disponer de licencia o tener celebrado un contrato con una empresa con licencia para la cve: BOE-A-2026-18973 Verificable en https://www.boe.es «c) Licencias en el ámbito de las terminales de hidrocarburos, químicas y petroquímicas, astilleros e instalaciones de reparación naval o de desguace a las que hace referencia el artículo 63 del TRLPEMM: dichas terminales e instalaciones deberán disponer obligatoriamente de servicio de recepción de residuos de carga de los buques y de las aguas de lastre de los buques con destino a dichas instalaciones, regulados por los anexos I y II del Convenio MARPOL, así como de los medios necesarios para prevenir y combatir los derrames. El servicio podrá prestarse mediante:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/10/pdfs/BOE-A-2026-18973.pdf
