# Resolución de 2 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas 2024-2026.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-14
- **Organismo:** Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-19181
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-14/resolucion-2-septiembre-2026-direccion-general-trabajo-que-registra-publica-convenio-colectivo-nacional-ciclo-comercio-papel-nzL32W
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/14/pdfs/BOE-A-2026-19181.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 227 Lunes 14 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 122038 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 19181 Resolución de 2 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas 2024-2026. Visto el texto del Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas 2024-2026 (código de Convenio n.º 99001105011981), que fue suscrito el 21 de abril de 2026, y finalmente subsanado mediante Acta de 27 de julio de 2026, de una parte, por la Confederación Española de Gremios y Asociaciones de Libreros (CEGAL) y la Federación de Asociaciones Nacionales de Distribuidores de Ediciones (FANDE), en representación de las empresas del sector, y de otra, por la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT (FeSMC UGT) y la Federación Estatal de Servicios de CC. OO. (Servicios-CC. OO.), en representación de las personas trabajadoras, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 2 de septiembre de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DEL CICLO DE COMERCIO DEL PAPEL Y ARTES GRÁFICAS 2024-2026 CAPÍTULO I La negociación del presente convenio ha sido inspirada por el criterio de lograr el progreso de las empresas afectadas por el mismo y el bienestar de sus personas trabajadoras. A este respecto el convenio subraya: – Lo nocivo para el sector de los salarios inferiores a los del convenio y la competencia desleal. – El derecho a una remuneración estable y lo más justa y honorable posible. – El acuerdo entre las partes contratantes en combatir, en toda circunstancia y mediante una acción común, los abusos flagrantes que pueden derivarse de la venta de productos editoriales o de papelería por personas y organismos no autorizados para ello. cve: BOE-A-2026-19181 Verificable en https://www.boe.es Cláusulas preliminares

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/14/pdfs/BOE-A-2026-19181.pdf
