# Resolución de la Dirección General de atención humanitaria y del sistema de acogida de Protección Internacional por la que se autoriza la prestación de servicios del sistema de acogida de Protección Internacional mediante acción concertada a la entidad Fundación Manantial.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-17
- **Organismo:** Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios.
- **Identificador oficial:** BOE-B-2026-30123
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-17/resolucion-direccion-general-atencion-humanitaria-sistema-acogida-proteccion-internacional-que-autoriza-prestacion-servicios-sistema-acogida-5RP2Yb
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/17/pdfs/BOE-B-2026-30123.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 230 Jueves 17 de septiembre de 2026 Sec. V-B. Pág. 48903 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES 30123 Re solución de la Dire cción Ge ne ral de ate nción humanitaria y de l sistema de acogida de Protección Internacional por la que se autoriza la pre stación de se rvicios de l siste ma de acogida de Prote cción Inte rnacional me diante acción conce rtada a la e ntidad Fundación Manantial. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.1 del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado por el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional determinará mediante resolución las entidades autorizadas a concertar. Por su parte, la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción concertada, regula en el artículo 8 el contenido y alcance de dicha resolución de autorización de acción concertada. Con fecha 11 de mayo de 2026, se recibió en esta Dirección General la solicitud de autorización de la entidad denominada Fundación Manantial. La mesa de acción concertada, en su reunión de 8 de septiembre de 2026, ha valorado la documentación aportada por dicha entidad, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos y, de conformidad con el artículo 43. 4 b) del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, ha comunicado a esta Dirección General que la entidad puede ser autorizada. Por todo lo anterior, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 39.1 del Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, y del artículo 8.1 de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción concertada, y a propuesta de la mesa de acción concertada, esta Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, Primero.- Autorizar a la entidad Fundación Manantial, por un periodo de 4 años, para la prestación de servicios, mediante acción concertada, en la fase de Acogida, y para la prestación de servicios a personas en situación de vulnerabilidad, del itinerario del sistema de acogida regulado en el Título II del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo. Segundo.- Esta resolución será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en la sede electrónica asociada del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La presente autorización queda condicionada al cumplimiento por parte de la entidad autorizada, en todo momento, de la normativa de aplicación vigente y, particularmente, al cumplimiento de los requisitos para la autorización de la acción concertada establecidos en el artículo 5 de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio. cve: BOE-B-2026-30123 Verificable en la dirección https://extraboe.boe.es/arde RESUELVE

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/17/pdfs/BOE-B-2026-30123.pdf
