# Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-23
- **Organismo:** Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-19751
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-09-23/resolucion-10-septiembre-2026-direccion-general-trabajo-que-registra-publica-convenio-colectivo-estatal-artes-graficas-manipulados-papel-n8X6pd
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/23/pdfs/BOE-A-2026-19751.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 235 Miércoles 23 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 125347 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 19751 Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares. Visto el texto del Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares (código de Convenio n.º 99000355011982), que fue suscrito con fecha 9 de julio de 2026, de una parte por las asociaciones empresariales FEIGRAF, AFCO y Gremio de Editores, en representación de las empresas del sector, y de otra por el sindicato CC. OO., en representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido subsanado en fecha 2 de septiembre de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 10 de septiembre de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE ARTES GRÁFICAS, MANIPULADOS DE PAPEL, MANIPULADOS DE CARTÓN, EDITORIALES E INDUSTRIAS AUXILIARES 2026-2029 CAPÍTULO 1 Extensión Ámbito territorial. El presente convenio es de aplicación obligatoria en todo el territorio del Estado Español. Artículo 1.2 Ámbito funcional. Dentro del ámbito enunciado en el artículo 1.1, la aplicación del convenio será obligatoria para todas las Empresas, Entidades o Instituciones, públicas o privadas, y para el personal que preste servicio por cuenta ajena en las mismas, cuando aquéllas se cve: BOE-A-2026-19751 Verificable en https://www.boe.es Artículo 1.1

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/23/pdfs/BOE-A-2026-19751.pdf
