# Anuncio de la Delegación del Gobierno en Cantabria por el que se publica la convocatoria para el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por el proyecto de construcción de la "Ampliación de la Central Hidroeléctrica Reversible de Aguayo – Aguayo II, con una potencia de turbinación de 1.014 MW y una potencia de bombeo de 1.181 MW, y sus infraestructuras de evacuación, en San Miguel de Aguayo, Bárcena de Pie de Concha y Molledo, en Cantabria".

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-01
- **Organismo:** Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios.
- **Identificador oficial:** BOE-B-2026-31757
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-01/anuncio-delegacion-gobierno-cantabria-que-publica-convocatoria-levantamiento-actas-previas-ocupacion-fincas-afectadas-no9oD9
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/01/pdfs/BOE-B-2026-31757.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 243 Jueves 1 de octubre de 2026 Sec. V-B. Pág. 51597 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA 31757 Anuncio de la De le gación de l Gobie rno e n Cantabria por e l que se publica la convocatoria para el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por el proyecto de construcción de la "Ampliación de la Ce ntral Hidroe léctrica Re ve rsible de Aguayo – Aguayo II, con una potencia de turbinación de 1.014 MW y una potencia de bombeo de 1.181 MW, y sus infraestructuras de evacuación, en San Miguel de Aguayo, Bárcena de Pie de Concha y Molledo, en Cantabria". Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, de fecha 11 de junio de 2026 (BOE núm. 155, de 26 de junio de 2026), se otorga a Repsol Generación Eléctrica, S.A.U., autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la Ampliación de la Central Hidroeléctrica Reversible de Aguayo - Aguayo II, con una potencia de turbinación de 1.014 MW y una potencia de bombeo de 1.181 MW, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de San Miguel de Aguayo, Bárcena de Pie de Concha y Molledo, en la Comunidad Autónoma de Cantabria y se declara, en concreto, su utilidad pública. La citada Resolución resulta como consecuencia de la anterior Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de fecha 30 de enero de 2026 (BOE núm. 44, de 19 de febrero de 2026), en la que se establecían una serie de modificaciones en el proyecto de ejecución que debían llevarse a cabo y que fueron sometidas a trámite de información pública en marzo de 2026. De conformidad con el artículo 73.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en cumplimiento y ejecución del artículo 150 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se convoca a los propietarios y titulares de los bienes y derechos afectados cuya relación concreta e individualizada se acompaña a la presente, para que el día y hora que en la misma se expresan comparezcan en los Ayuntamientos donde radican las fincas afectadas, como punto de reunión, al objeto de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva, conforme al procedimiento que establece el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. El levantamiento de actas previas tendrá lugar en los respectivos Ayuntamientos, en las fechas y horarios que se indican a continuación: • En el Ayuntamiento de San Miguel de Aguayo, el 6 de octubre de 2026, a partir de las 9:00 y 16:00 horas, y el 7 de octubre de 2026, a partir de las 9:00 horas. cve: BOE-B-2026-31757 Verificable en la dirección https://extraboe.boe.es/arde Dicha declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, lleva implícita en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la Urgente Ocupación de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/01/pdfs/BOE-B-2026-31757.pdf
