# Orden ECM/1030/2026, de 18 de septiembre, por la que se dispone el cese y el nombramiento de vocales en la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-05
- **Organismo:** Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Ceses y nombramientos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-20598
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-05/orden-ecm10302026-18-septiembre-que-dispone-cese-nombramiento-vocales-junta-consultiva-seguros-fondos-pensiones-56bYDm
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/05/pdfs/BOE-A-2026-20598.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 247 Lunes 5 de octubre de 2026 Sec. II.A. Pág. 129417 II. AUTORIDADES Y PERSONAL A. Nombramientos, situaciones e incidencias MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA 20598 Orden ECM/1030/2026, de 18 de septiembre, por la que se dispone el cese y el nombramiento de vocales en la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones. La Orden ETD/881/2022, de 29 de julio, por la que se dispone el cese y nombramiento de los vocales de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones, aprobó la composición de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones. Con posterioridad, la Confederación Española de Mutualidades (CEM) ha solicitado el nombramiento de don Pablo Mongelos García como vocal de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones representante de las entidades aseguradoras, en sustitución de don Enrique Sanz Fernández-Lomana, por lo que se hace necesario proceder al cese del vocal saliente y al nombramiento del nuevo vocal. En virtud de lo anterior, a propuesta del Director General de Seguros y Fondos de Pensiones y de acuerdo con las facultades de designación de los vocales de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones que me confiere el apartado 6 del artículo 3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, dispongo: Primero. El cese de don Enrique Sanz Fernández-Lomana como vocal de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones en representación de las entidades aseguradoras, agradeciéndole los servicios prestados. Segundo. El nombramiento como vocal de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones en representación de las entidades aseguradoras de don Pablo Mongelos García. Tercero. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación o publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Madrid, 18 de septiembre de 2026.–El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa, P. D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Israel Arroyo Martínez. https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X cve: BOE-A-2026-20598 Verificable en https://www.boe.es Esta orden tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/05/pdfs/BOE-A-2026-20598.pdf
