# Acuerdo Individual de Cofinanciación entre el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola y el Reino de España, hecho en Madrid y Roma el 14 y 15 de julio de 2026.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-08
- **Organismo:** Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-20908
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-08/acuerdo-individual-cofinanciacion-fondo-internacional-desarrollo-agricola-reino-espana-hecho-madrid-roma-14-15-julio-2026-nzL8l2
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/08/pdfs/BOE-A-2026-20908.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 250 Jueves 8 de octubre de 2026 Sec. I. Pág. 133621 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN 20908 Acuerdo Individual de Cofinanciación entre el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola y el Reino de España, hecho en Madrid y Roma el 14 y 15 de julio de 2026. ACUERDO INDIVIDUAL DE COFINANCIACIÓN Acuerdo de fecha la del pie de firma entre el Reino de España y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (el «FIDA»). Proyecto: Desarrollo de capacidades para superar el hambre y mitigar los efectos de la pobreza y la pobreza rural extrema-Proyecto Paulo Freire II (PPF II o el «Proyecto»). Considerando que: (A) El Estado de Ceará de la República Federativa del Brasil (el «Prestatario») ha solicitado a FIDA y al Reino de España que le ayuden a financiar el Proyecto que se describe en el artículo 1.02 del presente Acuerdo; (B) el FIDA ha acordado conceder un préstamo al Prestatario por un monto de ocho millones de euros (8.000.000 EUR) (la «Financiación del FIDA») para contribuir a la financiación del Proyecto en las condiciones previstas en un contrato de préstamo de fecha 5 de mayo de 2026 entre el Prestatario y el FIDA (el «Acuerdo de Financiación del FIDA»); (C) el Reino de España ha acordado conceder al Prestatario un crédito por un monto máximo de noventa y dos millones de euros (92.000.000 EUR) y una donación de cuatro millones de euros (4.000.000 EUR) (la «Financiación de España») para contribuir a la financiación del Proyecto en las condiciones previstas en el Acuerdo de Financiación entre España y el Estado de Ceará, consistente en el convenio de crédito de fecha 1 de julio de 2026, suscrito entre el Prestatario y España, y en los documentos de formalización de la donación entre el Estado de Ceará y España; y (D) el FIDA y España han celebrado un Acuerdo Marco de Cofinanciación de fecha 22 de septiembre de 2020 (el «Acuerdo Marco») que rige las condiciones generales aplicables entre las Partes, que forman parte integrante del presente Acuerdo. En caso de discrepancia entre el Acuerdo Marco y el presente Acuerdo, prevalecerá el primero. Artículo 1. Definiciones; cofinanciación. Sección 1.01 Definiciones. A los efectos del presente Acuerdo Individual Cofinanciación, los términos en mayúsculas tendrán el significado que se les atribuye el Acuerdo Marco. Sección 1.02 Descripción del Proyecto Cofinanciado. El FIDA y el Gobierno España desean cofinanciar el Proyecto que se describe en el anexo 1 del Acuerdo Financiación del FIDA. de en de de cve: BOE-A-2026-20908 Verificable en https://www.boe.es Teniendo en cuenta lo antedicho, el FIDA y el Reino de España, representados por la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI) del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAUC) y el Instituto de Crédito Oficial (ICO), que actúa como agente financiero del Fondo Español de Desarrollo Sostenible (FEDES, anterior FONPRODE), acuerdan lo siguiente:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/08/pdfs/BOE-A-2026-20908.pdf
