# Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil XVI de Madrid, por la que se suspende la inscripción de una escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-08
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-20958
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-08/resolucion-25-mayo-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-nota-calificacion-extendida-registrador-5Bazg6
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/08/pdfs/BOE-A-2026-20958.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 250 Jueves 8 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 134114 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 20958 Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil XVI de Madrid, por la que se suspende la inscripción de una escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada. En el recurso interpuesto por don B. B. S., actuando en representación de la sociedad «Rialbosan, S.A.P.», y ésta en nombre y representación de la sociedad «Grainville Capital, S.L.», contra la nota de calificación extendida por el registrador Mercantil XVI de Madrid, don José Simeón Rodríguez Sánchez, por la que se suspende la inscripción de una escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada. Hechos I Por el notario de Madrid, don Juan Kutz Azqueta, se autorizó, el día 30 de enero de 2026, con el número 204 de protocolo, una escritura pública de constitución de sociedad de responsabilidad limitada. De sus estatutos, protocolizados a continuación, resultaba lo siguiente: «Artículo 2. 2.1 Objeto. La sociedad tiene por objeto: 2.2 CNAE Actividad principal: A efectos de lo dispuesto en la legislación vigente el código que mejor describe su actividad principal por referencia al CNAE, es el 66.19.– ‘Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones’. 2.3 Quedan excluidas del objeto social todas aquellas actividades que, conforme a la legislación específica, estén atribuidas con carácter exclusivo a personas o entidades concretas o exijan requisitos que la sociedad no cumpla. Si la ley exige titulación profesional, licencia o inscripción en registros especiales, tales actividades solo podrán ejercerse por persona con la cualificación requerida y desde que se cumplan dichos requisitos. Si alguna actividad fuese propia de profesionales sujetos a colegiación, la cve: BOE-A-2026-20958 Verificable en https://www.boe.es a) La prestación de servicios de análisis, estudio, asesoramiento y consultoría en materia de inversiones, planificación y estrategias de inversión, elaboración de informes, estudios de viabilidad y análisis económico-financieros, así como el seguimiento y evaluación de carteras y activos, todo ello con carácter de mediación o intermediación, cuando resulte legalmente exigible (…) c) La adquisición, tenencia, administración, gestión y disposición de toda clase de activos y productos financieros, valores mobiliarios y participaciones, tales como acciones, participaciones sociales, bonos, obligaciones, deuda pública privada, fondos de inversión, instrumentos del mercado monetario y cualesquiera otros instrumentos financieros, así como la inversión en entidades, sociedades o vehículos de inversión, con finalidad patrimonial, excluyendo expresamente las actividades reservadas a instituciones de inversión colectiva, empresas de servicios de inversión, entidades de crédito y demás entidades sujetas a legislación especial (…)

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/08/pdfs/BOE-A-2026-20958.pdf
