# Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de La Orotava a inscribir una adjudicación de herencia en favor de una herencia yacente.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-08
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-20959
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-08/resolucion-26-mayo-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-negativa-registrador-propiedad-5MPoLP
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/08/pdfs/BOE-A-2026-20959.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 250 Jueves 8 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 134124 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 20959 Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de La Orotava a inscribir una adjudicación de herencia en favor de una herencia yacente. En el recurso interpuesto por doña C. C. C. C. contra la negativa del registrador de la Propiedad de La Orotava, don Sergio Saavedra Morales, a inscribir una adjudicación de herencia en favor de una herencia yacente. Hechos I a) copia autorizada de la escritura de liquidación de gananciales y manifestación de herencia autorizada el día 12 de marzo de 1966 por el notario de La Orotava, don Vicente Leis Vidal, con el número 487 de protocolo, otorgada al fallecimiento de don J. M. C. F., en la que se realizaban las correspondientes adjudicaciones a favor de la viuda, doña C. G. C. y de los tres hijos del matrimonio, don A., don L. y doña M. D. C. G C. b) acta de notoriedad de declaración de herederos abintestato autorizada el día 14 de agosto de 1996 ante el notario de La Orotava, don Alejandro Ruiz-Ayucar Seifert, con el número 1.019 de protocolo, en relación con la sucesión abierta al fallecimiento del matrimonio formado por don L. C. G. C. y doña A. C. L, por la que se declaran únicos herederos de los causantes sus once hijos: don L. A., doña M. C., doña M. I., doña M. D., don J. A., doña M. T., doña M. E., doña C. C., doña M. L., doña A. M. y don J. M. C. C. c) copia autorizada de la escritura de compraventa otorgada el 19 de octubre de 1983 ante el notario de La Orotava, don Eugenio Álvaro Carballo Fernández con el número 2.255 de protocolo, por la que don L. C. G. C. y doña A. C. L. vendían diversas fincas a don J. M. C. C. Escritura que motivó el procedimiento de nulidad en el que recaían las sentencias de 20 de diciembre de 2002 y –en apelación– de 28 de junio de 2004, fotocopia de la cual se acompañaba, dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en recurso de apelación contra la sentencia de fecha 20 de diciembre de 2002 dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de La Orotava en juicio de menor cuantía número 33/1999 en la que se declaraba la nulidad de la venta citada. d) se acompaña también, por fotocopias, una consulta sobre la titularidad catastral obtenida telemáticamente el día 25 de abril de 2025, la sentencia de inadmisión del recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de fecha 28 de junio de 2004, la Sentencia de la Sala de Civil del Tribunal Supremo de 19 de febrero de 2008 en auto de casación en recurso y la providencia de 19 de febrero de 2025 y la diligencia de ordenación de 28 de mayo de 2025, relativa al juicio de testamentaría en curso que afecta a la finca en cuestión, junto a otros documentos no inscribibles ni complementarios; o simplemente ilegibles. cve: BOE-A-2026-20959 Verificable en https://www.boe.es Mediante instancia privada fechada el día 30 de julio de 2025 y firmada en forma manuscrita, doña C. C. C. C. solicitaba que se «se e proceda a inscribir la Finca registral 18.010 de La Orotava a nombre de la herencia yacente de don L. C. G. C. y doña A. C. L.». Se acompañaba a dicha instancia privada:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/08/pdfs/BOE-A-2026-20959.pdf
