# Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación negativa emitida por el registrador de la propiedad de Granadilla de Abona, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca y su consiguiente rectificación descriptiva y declaración de obra nueva sobre ella, por haberse presentado alegaciones en el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria tramitado para inscribir la georreferenciación de la finca agrupada.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-09
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-21073
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-09/resolucion-26-mayo-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-nota-calificacion-negativa-emitida-NLP8xj
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/09/pdfs/BOE-A-2026-21073.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 251 Viernes 9 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 134805 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 21073 Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación negativa emitida por el registrador de la propiedad de Granadilla de Abona, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca y su consiguiente rectificación descriptiva y declaración de obra nueva sobre ella, por haberse presentado alegaciones en el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria tramitado para inscribir la georreferenciación de la finca agrupada. En el recurso interpuesto por don J. A. D. G. contra la nota de calificación negativa emitida por el registrador de la Propiedad de Granadilla de Abona, don Ignacio de la Fuente Guitart, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca y su consiguiente rectificación descriptiva y declaración de obra nueva sobre ella, por haberse presentado alegaciones en el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria tramitado para inscribir la georreferenciación de la finca agrupada. Hechos I II Presentada el día 26 de enero de 2026 dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Granadilla de Abona, causando el asiento de presentación número 308 del Diario 2026, e iniciada la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria el día 6 de febrero de 2026, el día 5 de marzo de 2026 doña P. R. P. E, como titular de la finca registral número 45.383 del término de Granadilla de Abona, presentó alegaciones a la inscripción de la georreferenciación, pues entendía que el espacio cve: BOE-A-2026-21073 Verificable en https://www.boe.es Mediante escritura pública otorgada el día 27 de junio de 2025 por el notario de Arona, don Santiago Sobrino González, con el número 1.406 de protocolo, se solicitaba por el titular del dominio de las fincas registrales número 20.124 y 20.154 de Granadilla de Abona, don J. A. D. G. el inicio de sendos expedientes del artículo 199 de la Ley Hipotecaria para concordar la descripción de las fincas con su realidad física, para posteriormente declarar una obra nueva sobre la finca registral 20.124 y una ampliación de obra nueva sobe la finca 20.154. La finca 20.124 tenía una superficie registral de 90 metros cuadrados, teniendo ahora, según el otorgante una superficie de 122,57 metros cuadrados, procediéndose además a actualizar los linderos. La finca 20.154, con una superficie registral de 200 metros cuadrados, pasaba a tener 267,32 metros cuadrados, además de actualizar los linderos. Ambas fincas lindaban por el este con la parcela 369 del polígono 7, siendo su titular doña P. R. P. E. El otorgante declaraba que las dos fincas se correspondían con la identidad de una sola parcela catastral, con referencia 9527802CS4192N0001EF, por ello se aportaba una georreferenciación alternativa mediante informe de validación gráfica, emitido por la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro, con código seguro de verificación de resultado positivo y un informe catastral de ubicación de las construcciones, de resultado negativo, junto con los certificados técnicos de descripción de las obras, ubicación de las mismas y antigüedad.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/09/pdfs/BOE-A-2026-21073.pdf
