# Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria por la que se somete a Información Pública la relación de titulares, bienes y derechos afectados y se convoca al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y, en su caso, Actas de Ocupación Definitivas, de determinados bienes y derechos necesarios para la realización de las obras comprendidas en el "Proyecto de Modernización del regadío en la Comunidad de Regantes del Canal de Villadangos (León). Fase I-SEIASA". Nº de expediente SGRCNIR: 21.311.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-09
- **Organismo:** Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios.
- **Identificador oficial:** BOE-B-2026-32792
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-09/resolucion-direccion-general-desarrollo-rural-innovacion-formacion-agroalimentaria-que-somete-informacion-publica-relacion-titulares-bienes-derechos-afectados-Gxdq6e
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/09/pdfs/BOE-B-2026-32792.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 251 Viernes 9 de octubre de 2026 Sec. V-B. Pág. 53477 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 32792 Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria por la que se somete a Información Pública la relación de titulares, bienes y derechos afectados y se convoca al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y, en su caso, Actas de Ocupación Definitivas, de determinados bienes y derechos necesarios para la re alización de las obras compre ndidas e n e l "Proye cto de Modernización del regadío en la Comunidad de Regantes del Canal de Villadangos (Le ón). Fase I-SEIASA". Nº de e xpe die nte SGRCNIR: 21.311. La Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 78, declara de interés general determinadas obras de modernización y consolidación de regadíos, figurando en su apartado a) Sustitución de la red secundaria de riego existente en la Comunidad de Regantes del Canal de Villadangos (León). (BOE nº 313, de 30 de diciembre de 2000). Dicha obra lleva implícita la declaración de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley. El "Proyecto de Modernización del Regadío en la Comunidad de Regantes del Canal de Villadangos del Páramo (León). Fase I SEIASA" fue aprobado por Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en fecha 12 de junio de 2026. Por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 21 de septiembre de 2026 se ha acordado el inicio del expediente expropiatorio, se nombra a los Representantes de la Administración, así como a los Peritos de la Beneficiaria, siendo esta última la Comunidad de Regantes del canal de Villadangos (León). Procede en consecuencia, durante un plazo de 15 (quince) días hábiles, contados en la forma dispuesta en el artículo 17 del Reglamento de 26 de abril de cve: BOE-B-2026-32792 Verificable en la dirección https://extraboe.boe.es/arde El citado Proyecto fue promovido por la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A., (SEIASA), en ejecución del Convenio suscrito entre dicha Sociedad y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), con fecha 25 de junio de 2021; con posterioridad a la firma del citado Convenio, con fecha 22 de noviembre de 2021 se formalizó entre la citada sociedad estatal y la Comunidad de Regantes del Canal de Villadangos (León), el "Convenio regulador para la financiación, construcción y explotación de las obras de "Modernización de la regadíos de la Comunidad de Regantes del Canal de Villadangos (León). Fase I ", en virtud del cual, corresponde a la Comunidad de Regantes, poner la disponibilidad de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, y en consecuencia soportar la misma, el coste íntegro de las expropiaciones y ocupaciones necesarias para la realización de la actuación, al ser esta, la beneficiaria de las expropiaciones. Dicha consideración se ha mantenido tanto en la Primera Adenda como en la Segunda Adenda al citado Convenio, suscritas entre los citados intervinientes con fechas 23 de julio de 2025 y 1 de julio de 2026 respectivamente.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/09/pdfs/BOE-B-2026-32792.pdf
