# Resolución de 10 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Majadahonda n.º 1, por la que se deniega la expedición de la certificación literal solicitada respecto de una finca registral de dicho registro.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-13
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-21294
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-13/resolucion-10-junio-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-nota-calificacion-registradora-NgB8vq
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/13/pdfs/BOE-A-2026-21294.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 254 Martes 13 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 136550 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 21294 Resolución de 10 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Majadahonda n.º 1, por la que se deniega la expedición de la certificación literal solicitada respecto de una finca registral de dicho registro. En el recurso interpuesto por doña R. A. C. M. contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Majadahonda número 1, doña Rosa María del Pilar Romero Payá, por la que se deniega la expedición de la certificación literal solicitada respecto de una finca registral de dicho Registro. Hechos I Mediante instancia fechada el día 6 de febrero de 2026, doña R. A. C. certificación literal, desde la inscripción 1.ª, de la finca registral número Registro de la Propiedad de Majadahonda número 1, alegando como causa legítimo una posible impugnación judicial y haber sido titular anterior de indivisa de la finca y deudora de la hipoteca que gravaba dicha finca. M. solicitó 3.919 del del interés una mitad II Presentada el día 6 de febrero de 2026 dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Majadahonda número 1, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Tipo documento: Solicitud de certificación literal. Libro Entrada: 596/2026. Libro Diario: Asiento 250, Diario 2026. Previo examen y calificación conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria y concordantes de su Reglamento de la solicitud de certificación presentada en este Registro el 06/02/2026 por C. M., R. A., la Registradora que suscribe ha acordado denegar la expedición de la misma en los términos solicitados de conformidad con los siguientes hechos y fundamentos de derecho: Se presenta por doña R. A. C. M. solicitud de certificación “literal desde la inscripción 1.ª” En el motivo de la solicitud indica en el apartado otros, “posible impugnación judicial” y señala que ella fue primera titular y deudora de la hipoteca. Se considera por la Registradora que suscribe que el motivo alegado no justifica la existencia del interés legítimo que determina la Ley en los términos solicitados. La solicitante y según resulta de los libros del Registro adquirió la mitad indivisa de la finca 3919 de Majadahonda 1, inscribiendo su derecho con fecha 2 de noviembre de 2001. En la inscripción segunda la indicada señora hipotecó su mitad indivisa y dejó de ser propietaria de la misma como consecuencia de la ejecución de la hipoteca según resulta de la inscripción 4.ª de fecha 15 de noviembre de 2016. cve: BOE-A-2026-21294 Verificable en https://www.boe.es Hechos.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/13/pdfs/BOE-A-2026-21294.pdf
