# Resolución de 9 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Denia n.º 2, por la que se suspende la inscripción de la extinción del régimen de multipropiedad por cuotas indivisas interesada sobre unas fincas registrales.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-13
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-21288
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-13/resolucion-9-junio-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-nota-calificacion-registradora-56ABwx
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/13/pdfs/BOE-A-2026-21288.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 254 Martes 13 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 136492 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 21288 Resolución de 9 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Denia n.º 2, por la que se suspende la inscripción de la extinción del régimen de multipropiedad por cuotas indivisas interesada sobre unas fincas registrales. En el recurso interpuesto por don F. C. F., en nombre y representación de la entidad Melf Match Propco, SL, contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Denia número 2, doña Susana Juste Ribes, por la que se suspende la inscripción de la extinción del régimen de multipropiedad por cuotas indivisas interesada sobre unas fincas registrales por entender que la causa estatutaria de extinción, consistente en «el hecho de concurrir la voluntad unánime de todos los titulares de las cincuenta y una participaciones indivisas del apartamento», había sido derogada por acuerdo comunitario inscrito en el Registro de la Propiedad con anterioridad a la extinción solicitada por el propietario de las fincas. Hechos I Mediante escritura de extinción del régimen de multipropiedad por cuotas indivisas y desafección de fincas, otorgada el día 13 de enero de 2026 ante el notario de Fuengirola, don Francisco Javier Martín Mérida, la entidad Melf Match Propco, SL, que había adquirido estas fincas con anterioridad en virtud de procedimiento judicial de ejecución hipotecaria, solicitaba la cancelación del régimen de multipropiedad que pesaba sobre sus fincas por entender que las causas estatutarias de extinción que le habían de ser aplicadas eran las vigentes a la fecha de la expedición de la certificación de cargas que dio inicio a la ejecución, sin que le afectasen las modificaciones posteriores que la comunidad había aprobado. II «Diario: 2026 Asiento 77. Entrada 242 del 2026 de 13/01/2026. Se presenta telemáticamente por Martín Mérida, Francisco Javier, el 13/01/2026, bajo el asiento de presentación número 77 del Diario de operaciones número 2026, y número 242 del Libro de Entrada, escritura de 13/01/2026, del notario de Fuengirola don Francisco Javier Martín Mérida, con el número de protocolo 102/2026, acreditando el pago del impuesto y la presentación en la oficina tributaria a efectos de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, el día 30 de enero de 2.026.– El registrador que suscribe, previo examen y calificación del documento precedente, en relación con los antecedentes del Registro, conforme a lo dispuesto en los cve: BOE-A-2026-21288 Verificable en https://www.boe.es Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Denia número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/13/pdfs/BOE-A-2026-21288.pdf
