# Resolución de 7 de octubre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, A.A.I.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-14
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-21386
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-14/resolucion-7-octubre-2026-subsecretaria-que-publica-convenio-asistencia-juridica-abogacia-general-estado-autoridad-independiente-NyMobb
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/14/pdfs/BOE-A-2026-21386.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 255 Miércoles 14 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 136804 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 21386 Resolución de 7 de octubre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, A.A.I. El Abogado General del Estado y la Presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, A.A.I., han suscrito, con fecha de 23 de septiembre de 2026, un convenio de asistencia jurídica. Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución. Madrid, 7 de octubre de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez. ANEJO Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, A.A.I. (AIReF) REUNIDOS MANIFIESTAN Primero. Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos Autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un convenio. cve: BOE-A-2026-21386 Verificable en https://www.boe.es De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. De otra parte, doña Inés Olóndriz de Moragas, actuando en nombre y representación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, A.A.I., con domicilio social en calle José Abascal, 2-4, 2.ª planta, 28003 Madrid y NIF Q2802159J, en su condición de Presidenta, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 280/2026, de 31 de marzo (BOE 1 de abril), resultando especialmente facultada para la firma del presente convenio en virtud del artículo 25 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/14/pdfs/BOE-A-2026-21386.pdf
