# Resolución de 7 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Ictio Solar Auriga, SL, la autorización administrativa previa para el módulo de almacenamiento por baterías «ALM Ictio Alcázar II», de 19,96 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica existente, «FV Ictio Alcázar II», de 47,19 MW de potencia instalada, conformando una instalación de 67,15 MW de potencia instalada, en Alcázar de San Juan (Ciudad Real).

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-14
- **Organismo:** Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-21433
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-14/resolucion-7-septiembre-2026-direccion-general-politica-energetica-minas-que-otorga-ictio-solar-auriga-sl-autorizacion-administrativa-previa-n9Jj8L
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/14/pdfs/BOE-A-2026-21433.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 255 Miércoles 14 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 137413 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Resolución de 7 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Ictio Solar Auriga, SL, la autorización administrativa previa para el módulo de almacenamiento por baterías «ALM Ictio Alcázar II», de 19,96 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica existente, «FV Ictio Alcázar II», de 47,19 MW de potencia instalada, conformando una instalación de 67,15 MW de potencia instalada, en Alcázar de San Juan (Ciudad Real). Ictio Solar Auriga, SL, en adelante el promotor, solicitó con fecha 13 de noviembre de 2023, subsanada en fechas 3 de mayo de 2024, 14 de noviembre de 2024, 4 de febrero de 2025 y 31 de agosto de 2026, autorización administrativa previa y evaluación de impacto ambiental simplificada para el módulo de almacenamiento por baterías ALM Ictio Alcázar II de 20 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, para la hibridación con el parque fotovoltaico existente FV Ictio Alcázar II de 47,19 MW de potencia instalada, ubicados en el término municipal de Alcázar de San Juan, en la provincia de Ciudad Real. El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se han recibido respuestas de las que no se desprende oposición del Departamento de Vías, Obras e Infraestructuras de la Diputación Provincial de Ciudad Real y de Red Eléctrica de España, SAU. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se ha recibido respuesta de la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que no se muestra oposición, pero advierte de que la zona de estudio podría estar afectada por infraestructuras eléctricas de transporte, distribución o generación, por lo que el promotor deberá recabar las afecciones concretas referidas al proyecto de referencia, consultando a las empresas que ejercen las actividades de transporte, distribución y generación en la zona. Para ello incluyen anexo con las instalaciones de producción de energía eléctrica, competencia de la Junta, en tramitación y no puestas en servicio a fecha del presente informe, ubicadas en el término municipal afectado por las instalaciones proyectadas. Trasladado al promotor, este responde que «No ejercen ningún tipo de afección a infraestructuras eléctricas de transporte, distribución o generación, ya que todas las nuevas instalaciones incluidas en el expediente, como son las baterías y la línea de evacuación hasta la SET Ictio Alcázar 30/220kV, están localizadas en el interior del vallado que envuelve las plantas fotovoltaicas existentes denominadas «Ictio Alcázar I», «Ictio Alcázar II» e «Ictio Alcázar III». Se da traslado al organismo, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. cve: BOE-A-2026-21433 Verificable en https://www.boe.es 21433

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/14/pdfs/BOE-A-2026-21433.pdf
