# Resolución de 14 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Khons Sun Power, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto de almacenamiento con baterías Tagus 2 HBESS, de 176,44 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica Tagus 2, de 224,4 MW de potencia instalada, ubicadas en Ocaña y Ontígola (Toledo).

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-16
- **Organismo:** Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-21605
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-10-16/resolucion-14-septiembre-2026-direccion-general-politica-energetica-minas-que-otorga-khons-sun-power-sl-autorizacion-administrativa-previa-Gqvd7P
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/16/pdfs/BOE-A-2026-21605.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 257 Viernes 16 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 138747 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Resolución de 14 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Khons Sun Power, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto de almacenamiento con baterías Tagus 2 HBESS, de 176,44 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con la planta fotovoltaica Tagus 2, de 224,4 MW de potencia instalada, ubicadas en Ocaña y Ontígola (Toledo). Khons Sun Power, SL (en adelante, el promotor), solicitó, con fecha 13 de febrero de 2026, subsanada el 4 de marzo de 2026, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto de almacenamiento con baterías «Tagus 2 HBESS», de 176,44 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación para su hibridación con la planta fotovoltaica «Tagus 2», de 224,4 MW de potencia instalada, ubicadas en los términos municipales de Ocaña y Ontígola, en la provincia de Toledo. La instalación utiliza las infraestructuras de evacuación ya autorizadas. El promotor es titular del proyecto de instalación fotovoltaica Tagus 2, de 224,4 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Ocaña y Ontígola, en la provincia de Toledo, y Arganda del Rey, Morata de Tajuña, Chinchón, Villaconejos y Colmenar de Oreja, en la Comunidad de Madrid. En fecha 5 de noviembre de 2025 se aprueba el Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, que introduce una exención en la necesidad de evaluación ambiental en hibridaciones de módulos de almacenamiento, en los supuestos expresamente recogidos en dicho real decreto. El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y se tramitó de conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, considerando que, en virtud del artículo 6 del Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, es de aplicación la reducción de plazos prevista en dicho artículo en relación a la tramitación conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido contestaciones del Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de Red Eléctrica de España, SA, del Servicio de Protección Ciudadana de la Delegación Provincial de Toledo de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Confederación Hidrográfica del Tajo y del Servicio de Medio Natural de Toledo de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma. cve: BOE-A-2026-21605 Verificable en https://www.boe.es 21605

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/16/pdfs/BOE-A-2026-21605.pdf
