# Acuerdo de 31 de octubre de 2024, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 1 del Plan General Municipal de Miajadas que afecta a la regulación de la altura de las edificaciones e instalaciones en Suelo No Urbanizable de Protección Natural (artículo 3.2.2.1), de Protección Estructural Regadíos (artículo 3.2.2.2), de Protección Ambiental Hidrológica (artículo 3.2.2.5) y Común (artículo 3.2.2.7).

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-01-23
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento.
- **Identificador oficial:** 2025AC0002
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-01-23/acuerdo-31-octubre-2024-comision-urbanismo-ordenacion-territorio-extremadura-aprobacion-definitiva-modificacion-puntual-no-1-plan-general-nvDARr
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/150o/25AC0002.pdf

## Contenido

NÚMERO 15 Jueves 23 de enero de 2025 4702 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA ACUERDO de 31 de octubre de 2024, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 1 del Plan General Municipal de Miajadas que afecta a la regulación de la altura de las edificaciones e instalaciones en Suelo No Urbanizable de Protección Natural (artículo 3.2.2.1), de Protección Estructural Regadíos (artículo 3.2.2.2), de Protección Ambiental Hidrológica (artículo 3.2.2.5) y Común (artículo 3.2.2.7). (2025AC0002) La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (CUOTEX), en sesión celebrada el 31/10/2024, adoptó el siguiente acuerdo: I. ANTECEDENTES El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 19/09/2023 y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de Extremadura de 29/09/2023 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones según certificado de su Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 02/01/2024. El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus intereses de los órganos sectoriales afectados. II. COMPETENCIA Al no disponer Miajadas de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS), es de aplicación el apartado 3.f de su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le corresponde a la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las determinaciones de la ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando no sea posible deslindar las determinaciones de una y otra naturaleza, la competencia corresponderá a la Comunidad Autónoma. La modificación que se tramita afecta a la ordenación y regulación del suelo rústico, por lo que, tratándose de una determinación de la ordenación estructural del municipio (artículo 45.2.b de la LOTUS), corresponde la aprobación definitiva a la Comunidad Autónoma.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/150o/25AC0002.pdf
