# Acuerdo de 30 de mayo de 2024, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 4 del Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano de Navalvillar de Ibor para la reclasificación de suelo no urbanizable a suelo urbano de uso dotacional de la parcela 20 del polígono 8, con el fin de regularizar las edificaciones existentes.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-03-10
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Urbanismo.
- **Identificador oficial:** 2025AC0024
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-03-10/acuerdo-30-mayo-2024-comision-urbanismo-ordenacion-territorio-extremadura-aprobacion-definitiva-modificacion-puntual-no-4-proyecto-5RrX6R
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/470o/25AC0024.pdf

## Contenido

NÚMERO 47 Lunes 10 de marzo de 2025 12958 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA ACUERDO de 30 de mayo de 2024, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 4 del Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano de Navalvillar de Ibor para la reclasificación de suelo no urbanizable a suelo urbano de uso dotacional de la parcela 20 del polígono 8, con el fin de regularizar las edificaciones existentes. (2025AC0024) La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (en adelante CUOTEX), en sesión celebrada el 30/05/2024, adoptó el siguiente acuerdo sobre el asunto epigrafiado: I. Antecedentes. El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 05/10/2021 y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de Extremadura de 09/08/2022 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones según certificado de la Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 04/12/2023. El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus intereses de los órganos sectoriales afectados. Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación del informe ambiental estratégico el 06/04/2022. Tras el anterior acuerdo de la CUOTEX de 29/02/2024, que dejó en suspenso la aprobación definitiva, el Ayuntamiento remite una nueva propuesta técnica. II. Competencia. Navalvillar de Ibor no dispone de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (en adelante LOTUS), por lo que es de aplicación el apartado 3.f de su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le corresponde a la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las modificaciones de la ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando no sea posible deslindar las determinaciones de una y otra naturaleza, la competencia corresponderá a la Comunidad Autónoma.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/470o/25AC0024.pdf
