# Anuncio de 24 de julio de 2025 sobre aprobación definitiva de la subsanación del error existente en la documentación gráfica del Plan Parcial Sector 3, con objeto de regularización de la parcela que alberga el edificio denominado Circular-Fab.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-08-05
- **Organismo:** Ayuntamiento De Arroyo De La Luz. Urbanismo.
- **Identificador oficial:** 2025081280
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-08-05/anuncio-24-julio-2025-aprobacion-definitiva-subsanacion-error-existente-documentacion-grafica-plan-parcial-sector-3-objeto-regularizacion-Gp6km8
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1500o/25081280.pdf

## Contenido

NÚMERO 150 Martes 5 de agosto de 2025 44026 AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA LUZ ANUNCIO de 24 de julio de 2025 sobre aprobación definitiva de la subsanación del error existente en la documentación gráfica del Plan Parcial Sector 3, con objeto de regularización de la parcela que alberga el edificio denominado Circular-Fab. (2025081280) El Pleno del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, en sesión celebrada el día 29 de mayo de 2025 y tras la tramitación del oportuno procedimiento, adoptó acuerdo de aprobación definitiva del siguiente: “Subsanar, la discrepancia surgida tras las aprobaciones de las modificaciones puntuales n.º 2 y n.º 3, derivadas de que la posterior entrada en vigor de la modificación n.º 2 deja sin efecto las determinaciones del Plano 4 Ordenación de la modificación puntual n.º 3 aprobado previamente”. La parcela donde se encuentra la edificación (Circular Fab) se encuentra calificada como Dotación Social, por tanto, se considera que el uso formativo propuesto, es compatible con el planeamiento, ya que según el Plan Parcial del Sector 3, el uso social, alcanza a los locales destinados al público para la vida de sociedad. Una vez dictaminado por la Comisión de Personal, Régimen Interior, Urbanismo, Obras Públicas y Otros Asuntos (seis votos a favor, cinco del PSOE, uno de Somos Cáceres y una abstención del grupo popular) que, considera la necesidad de regularizar la situación administrativa del bien inmueble referenciado, para lo cual hay que entender la evolución de las modificaciones del Plan Parcial Sector 3, aprobado por Resolución de 6 de junio de 2002 y publicado en el DOE número 99, de 27 de agosto de 2002. — Modificación puntual n.º 1. Por Resolución de 8 de marzo de 2007, publicada en el DOE extraordinario n.º 2 de 1 de mayo de 2007, se aprueba definitivamente la modificación n.º 1 del Plan Parcial del Sector 3 de Arroyo de la Luz, consistente en cambiar las condiciones de parcelación para la tipología de la industria nido. Esta modificación únicamente afecta al articulado, y la documentación gráfica no se ve alterada. — Modificación puntual n.º 2. Por Resolución de 27 de marzo de 2008, publicada en el DOE n.º 142, de 23 de julio de 2008, se aprueba definitivamente la modificación n.º 2 del Plan Parcial del Sector 3 de Arroyo de la Luz, que afecta a los artículos 63, 64 y 66 de sus ordenanzas reguladoras. Esta modificación, incluye la modificación del Plano n.º 4. Ordenación. — La aprobación inicial de esta modificación fue publicada en el DOE n.º 18, de 11 de febrero de 2006.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1500o/25081280.pdf
