# Anuncio de 1 de agosto de 2025 por el que se da publicidad a la Circular 3/2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se informa sobre el procedimiento y criterios a seguir para el abono del incremento retributivo del 2% pendiente de 2020 al personal cuya nómina gestiona la Dirección General de Función Pública a través del aplicativo SIRhUSx.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-08-14
- **Organismo:** Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Retribuciones.
- **Identificador oficial:** 2025081380
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-08-14/anuncio-1-agosto-2025-que-da-publicidad-circular-32025-direccion-general-funcion-publica-que-informa-5BObeY
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1570o/25081380.pdf

## Contenido

NÚMERO 157 Jueves 14 de agosto de 2025 46095 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANUNCIO de 1 de agosto de 2025 por el que se da publicidad a la Circular 3/2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se informa sobre el procedimiento y criterios a seguir para el abono del incremento retributivo del 2% pendiente de 2020 al personal cuya nómina gestiona la Dirección General de Función Pública a través del aplicativo SIRhUSx. (2025081380) Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 25 de noviembre de 2020, se acuerda aplicar un incremento del 2%, con efectos de 1 de diciembre de 2020, respecto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2019 de los conceptos retributivos de sueldos, trienios o antigüedad o complemento de destino. Asimismo, por lo que respecta a la aplicación de dicho incremento a los meses de enero a noviembre del mismo año, el citado acuerdo establece lo siguiente: “La retroactividad de estos complementos desde enero de 2020 (sueldo, complemento de destino y trienios), se supedita a futuras negociaciones y siempre que la Comunidad Autónoma alcance el equilibrio presupuestario en los términos recogidos, entre otros, en el II Acuerdo para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, firmado el 9 de marzo de 2018 y el resto de normativa aplicable en materia de sostenibilidad y estabilidad presupuestaria que resulte de aplicación”. La disposición adicional vigesimoquinta de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, establece lo siguiente: “La Junta de Extremadura convocará a lo largo del año 2024 la mesa general de negociación de los empleados públicos al objeto de cuantificar las pérdidas retributivas sufridas por este colectivo en nuestra región como consecuencia del impago del incremento salarial del 2 % durante 11 meses del año 2020, así como fijar los plazos entre la Administración y los Sindicatos para su abono”. La misma ley en su disposición final tercera, apartado 1, señala: “Se autoriza al Consejo de Gobierno a dictar, a propuesta de la consejería competente en materia de hacienda y administración pública, las disposiciones y actos necesarios para el desarrollo y ejecución de esta ley”. Por su parte, el apartado 2 de la misma disposición final autoriza a la persona responsable, en cada ámbito de la gestión de política retributiva y de la nómina del personal, a aprobar

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1570o/25081380.pdf
