# Orden de 13 de agosto de 2025 por la que se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes para la obtención y renovación del certificado de formación de los Consejeros de Seguridad (CFC) en el transporte de mercancías peligrosas por carretera, a celebrar en el período 2025-2027.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-09-03
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera.
- **Identificador oficial:** 2025050118
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-09-03/orden-13-agosto-2025-que-convocan-ambito-comunidad-autonoma-extremadura-examenes-obtencion-renovacion-certificado-N49pqg
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1700o/25050118.pdf

## Contenido

NÚMERO 170 Miércoles 3 de septiembre de 2025 47949 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA ORDEN de 13 de agosto de 2025 por la que se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes para la obtención y renovación del certificado de formación de los Consejeros de Seguridad (CFC) en el transporte de mercancías peligrosas por carretera, a celebrar en el período 2025-2027. (2025050118) El Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), en la redacción dada en virtud del texto enmendado y publicado en el BOE n.º 3, de 3 de enero de 2025 –ADR 2025-, dispone que cualquier empresa cuya actividad comprenda la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones conexas de embalaje, de carga, de llenado o de descarga relacionadas con estos transportes, designará a uno o a varios consejeros de seguridad, en adelante llamados "consejeros", para el transporte de mercancías peligrosas, encargados de ayudar en la prevención de riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente, inherentes a estas actividades (sección 1.8.3.1). Bajo la responsabilidad del jefe de la empresa, el consejero tiene por misión esencial investigar cualquier medio y promover cualquier acción, dentro de los límites de las actividades relacionadas con la empresa, para facilitar la ejecución de estas actividades respetando las disposiciones aplicables y en condiciones óptimas de seguridad (sección 1.8.3.3). Tras describir sus funciones (sección 1.8.3.3), el ADR determina que el consejero deberá estar en posesión de un certificado de formación profesional válido para el transporte por carretera. Este certificado será emitido por la autoridad competente o por la instancia designada a tal efecto por cada Parte contratante (sección 1.8.3.7). Para la obtención del certificado, el candidato deberá recibir una formación sancionada por la superación de un examen aprobado por la autoridad competente de la Parte contratante (sección 1.8.3.8). La formación tiene como objetivo esencial dar al candidato conocimientos suficientes sobre los riesgos inherentes a los transportes, embalado, llenado, carga o descarga de las mercancías peligrosas; conocimientos suficientes sobre las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas; así como conocimientos suficientes sobre las funciones definidas en la sección 1.8.3.3 (sección 1.8.3.9). Por su parte, el examen estará organizado por la autoridad competente o por un organismo examinador designado por ella (sección 1.8.3.10). El examen tendrá como finalidad verificar si los candidatos poseen el nivel necesario de conocimientos para ejercer las funciones de

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1700o/25050118.pdf
