# Acuerdo de 26 de junio de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 23 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Arroyo de la Luz para adaptar el uso característico del "Polígono Ganadero" a las definiciones del Reglamento General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura, cambiando la redacción del artículo 168.1, que sólo permite explotaciones ganaderas industriales y ganadería estabulada, para que abarque todo el uso agropecuario y el agroindustrial.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-09-04
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias.
- **Identificador oficial:** 2025AC0069
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/extremadura/2025-09-04/acuerdo-26-junio-2025-comision-urbanismo-ordenacion-territorio-extremadura-aprobacion-definitiva-modificacion-puntual-no-23-normas-n3bJK0
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1710o/25AC0069.pdf

## Contenido

NÚMERO 171 Jueves 4 de septiembre de 2025 48222 ACUERDO de 26 de junio de 2025, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 23 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Arroyo de la Luz para adaptar el uso característico del "Polígono Ganadero" a las definiciones del Reglamento General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura, cambiando la redacción del artículo 168.1, que sólo permite explotaciones ganaderas industriales y ganadería estabulada, para que abarque todo el uso agropecuario y el agroindustrial. (2025AC0069) La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en adelante CUOTEX, en sesión celebrada el 26/06/2025, adoptó el siguiente acuerdo sobre el asunto epigrafiado: I. ANTECEDENTES. El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 30/05/2024 y, una vez sometido a información pública mediante la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de 17/07/2024 y en la sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones según certificado de la Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 06/03/2025. Posteriormente, el expediente fue sometido a un nuevo periodo de información pública mediante la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de 23/04/2025 y en la sede electrónica, hasta alcanzar los 45 días hábiles previstos en el artículo 45.3.d) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura, en adelante LOTUS. La Dirección General de Sostenibilidad comunicó el 05/05/2024 que el asunto no está sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, al no encontrarse en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus intereses de los órganos sectoriales afectados. II. COMPETENCIA. Arroyo de la Luz no dispone de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la LOTUS, por lo que es de aplicación el apartado 3.f) de su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le corresponde a la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las modificaciones de la ordenación estructural

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1710o/25AC0069.pdf
